El Juzgado de Garantía Nº 4, a cargo de la jueza Luciana Banó, dispuso 120 días de prisión preventiva para Abel Alberto Torres y su madre, Gladys Edith Galván Medero, imputados en una causa que concentra una serie de hechos ocurridos en un contexto de violencia de género y que tiene como episodio de mayor gravedad un ataque con arma blanca ocurrido el domingo pasado en la clínica CERHU de la ciudad de San Luis. Allí, Torres habría apuñalado a un hombre que debió ser internado en grave estado.
Durante la audiencia, la representante de la Fiscalía de Instrucción en lo Penal Nº 4, fiscal adjunta Antonella Romagnoli —con la colaboración de la agente judicial Verónica Gómez— reconstruyó diversos hechos investigados en distintos expedientes que fueron acumulados en una causa principal. La imputación comprende cinco episodios ocurridos entre octubre de 2025 y agosto de 2026 e incluye incumplimientos de órdenes judiciales, amenazas, daños y agresiones.
El último de esos hechos ocurrió en la clínica ubicada sobre calle Maipú. Según relató la fiscal, Torres y Galván Medero ingresaron al establecimiento y se dirigieron hasta una habitación donde se encontraba internado el hijo de Torres junto a su madre.
Una vez allí, Torres habría amenazado a un hombre que acompañaba a la mujer y lo habría obligado a retirarse de la habitación. Luego, habría agredido a su expareja mientras el niño se encontraba en el lugar. La Fiscalía también le atribuyó haber intentado apoderarse del teléfono celular de la mujer y esconderlo con la colaboración de Galván Medero, para posteriormente arrojarlo al suelo y dañarlo.
La secuencia continuó en otro sector de la clínica. De acuerdo con la acusación, Torres intentó golpear al hombre que previamente había obligado a retirarse de la habitación y, cuando este quedó acorralado contra una pared, extrajo un elemento cortopunzante y lo atacó en la zona subcostal izquierda.
Tras la agresión, Torres y Galván Medero se retiraron del establecimiento. El hombre herido fue asistido inicialmente en la clínica y luego trasladado de urgencia al Hospital Ramón Carrillo. Al momento de la audiencia, según informó la Fiscalía, permanecía internado en estado crítico, con asistencia respiratoria y varios órganos comprometidos.
Por este episodio, el Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra Torres como autor de amenazas y homicidio en grado de tentativa en perjuicio del hombre atacado. Además, le atribuyó, en perjuicio de su expareja, lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, hurto simple en grado de tentativa, amenazas y daños. A Galván Medero, en tanto, le formuló cargos como coautora de hurto simple en grado de tentativa y amenazas.
Una investigación que reúne cinco episodios
La imputación no se limita a lo ocurrido en la clínica. La Fiscalía incorporó otros cuatro hechos que, según sostuvo, permiten reconstruir un contexto previo de violencia y reiterados incumplimientos de medidas judiciales.
Uno de ellos ocurrió el 6 de octubre de 2025. De acuerdo con la investigación, Torres y Galván Medero se presentaron en la vivienda de la expareja del primero pese a encontrarse notificados de una orden de restricción. La Fiscalía afirmó que ingresaron por la fuerza y ocasionaron daños. Antes de retirarse, Torres habría dejado cuatro municiones calibre .38 y proferido una amenaza de muerte.
Una semana después, el 13 de octubre, Torres habría regresado al domicilio e incumplido nuevamente la restricción. Allí habría amenazado a su expareja y se habría llevado al hijo de ambos sin autorización. La Policía logró localizarlo aproximadamente media hora después. Tras la restitución del niño, un examen médico constató lesiones en uno de sus brazos, antebrazo y región dorsal. Por este episodio, la Fiscalía le atribuyó a Torres, entre otros delitos, lesiones leves agravadas por el vínculo en perjuicio de su hijo.
La Fiscalía también incorporó un episodio ocurrido el 8 de noviembre de 2025, cuando Torres habría vuelto a presentarse en inmediaciones de la vivienda pese a la prohibición vigente. Tras la intervención policial, fue localizado en el mismo barrio y detenido luego de no acatar inicialmente la voz de alto.
Otro de los hechos investigados ocurrió el 23 de junio de este año. Según la acusación, la mujer fue hasta el domicilio de Torres para retirar al hijo de ambos, conforme al régimen de comunicación establecido. Una vez dentro de la vivienda, Torres la habría tomado del cuello, golpeado en el rostro y atacado con la cadena de una motocicleta.
En ese episodio, la Fiscalía atribuyó a Galván Medero haber cerrado las puertas de la vivienda mientras se producía la agresión. La víctima logró comunicarse con el 911 y salir del inmueble. Posteriormente, se constataron hematomas y otras lesiones en distintas partes de su cuerpo.
Los cargos contra Torres y Galván Medero
Por el conjunto de los hechos, la Fiscalía formuló cargos contra Abel Alberto Torres por incumplimiento de una orden judicial, daños, amenazas, lesiones leves agravadas por el vínculo en perjuicio de su hijo, resistencia a la autoridad, lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género en perjuicio de su expareja, homicidio en grado de tentativa y hurto simple en grado de tentativa.
A Gladys Edith Galván Medero le formuló cargos por incumplimiento de una orden judicial, daños, amenazas, lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género y hurto simple en grado de tentativa.
La jueza Luciana Banó tuvo por formulados los cargos contra ambos imputados con la calificación legal provisoria expuesta durante la audiencia.
120 días de prisión preventiva
Además de formular los cargos, la fiscal adjunta Antonella Romagnoli solicitó 120 días de prisión preventiva para ambos. Fundamentó el pedido en la existencia de riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación y planteó especialmente la necesidad de resguardar a las personas involucradas en la causa.
La Fiscalía señaló que todavía restan numerosas medidas de investigación, entre ellas entrevistas, informes periciales y médicos y análisis de registros de cámaras de seguridad. También sostuvo que las medidas menos gravosas no resultaban suficientes frente a los antecedentes de incumplimiento de restricciones judiciales.
El defensor de Niñez Nº 1, Sebastián Privitera, adhirió al planteo de la Fiscalía respecto de la necesidad de resguardar al niño involucrado en la causa.
El abogado Juan Manuel Mercau, defensor de ambos imputados, planteó situaciones diferentes para cada uno. En el caso de Torres, pidió que la prisión preventiva se cumpliera bajo modalidad domiciliaria debido a una lesión en su rodilla izquierda y al tratamiento médico que requiere. Para Galván Medero solicitó medidas menos gravosas, al sostener que cuenta con arraigo, trabajo y carece de antecedentes.
La Fiscalía se opuso a ambos pedidos. Respecto de Torres, sostuvo que el tratamiento y las curaciones podían garantizarse dentro del Servicio Penitenciario Provincial. En cuanto a Galván Medero, insistió en que las medidas menos gravosas resultaban insuficientes frente a las características de los hechos atribuidos y los anteriores incumplimientos de restricciones.
Finalmente, la jueza Banó hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y dictó 120 días de prisión preventiva para ambos imputados.
Torres deberá cumplir la medida en el Servicio Penitenciario Provincial. La magistrada dispuso que se comunique su situación médica a la División Sanidad para garantizar las curaciones y los traslados que sean necesarios para continuar con su tratamiento.
Galván Medero también fue enviada al Servicio Penitenciario por 120 días. Para resolver, la jueza valoró, entre otras circunstancias, los anteriores incumplimientos de órdenes de restricción, las características de los hechos atribuidos y la necesidad de resguardar la investigación y a las personas que deberán intervenir en el proceso.
Fuente: Prensa Poder Judicial




