El juez de Garantía Nº 3, Marcos Flores Leyes, homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Jonathan Maximiliano Lagos a un año y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo por tres hechos ocurridos entre octubre de 2024 y abril de 2026 en la ciudad de San Luis.

El acuerdo reunió tres causas en las que Lagos fue condenado por robo simple en grado de tentativa; robo simple; y lesiones leves, amenazas y violación de domicilio. Además, se dispuso la unificación con una condena anterior que el hombre se encontraba cumpliendo.

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal de Instrucción en lo Penal Nº 5, Débora Roy Gitto, mientras que Lagos fue asistido por la defensora Adjunta en lo Penal, Eva Morel.

Durante la audiencia, el imputado reconoció su participación y autoría en los tres hechos y prestó conformidad con el procedimiento abreviado. La defensa tampoco formuló objeciones respecto de la evidencia presentada por la Fiscalía. Las personas damnificadas habían sido informadas sobre el acuerdo y prestaron su conformidad.
Luego de escuchar a las partes, Flores Leyes consideró acreditados los hechos y la participación penalmente responsable de Lagos, homologó el acuerdo y dictó sentencia.

Los hechos incluidos en el acuerdo
El primero ocurrió el 22 de octubre de 2024, alrededor de las 11:00, en inmediaciones de avenida Lafinur y calle 25 de Mayo de la ciudad de San Luis.

Según la reconstrucción presentada por la Fiscalía, Lagos violentó una motocicleta Zanella XR 200 que se encontraba frente a una panadería. Tras aflojar tornillos y ejercer fuerza sobre uno de los cobertores laterales del rodado, sustrajo una batería y escapó del lugar.

Una compañera de trabajo del propietario de la motocicleta advirtió lo ocurrido y le dio aviso. Paralelamente, personal policial fue alertado mediante un llamado al 911. Lagos fue localizado a pocos metros y detenido. Durante la requisa, los efectivos encontraron entre sus pertenencias la batería sustraída, que posteriormente fue restituida a su propietario. Este hecho fue calificado como robo simple en grado de tentativa.

El segundo episodio ocurrió el 19 de enero de este año, aproximadamente a las 15:00. Lagos actuó junto a otro hombre y, mediante una división de tareas, sustrajeron cañerías de cobre pertenecientes a equipos de aire acondicionado instalados en dos inmuebles de calle Falucho.

Una de las personas damnificadas tomó conocimiento de la situación a través de un grupo de WhatsApp de vecinos, donde habían advertido sobre la presencia de dos personas desplazándose por los techos de las viviendas. Al regresar a los domicilios, constataron que las cañerías de los equipos habían sido cortadas y dañadas.

Durante la investigación se incorporaron imágenes y videos aportados por vecinos. Según expuso la Fiscalía durante la audiencia, en esos registros se visualizaba a los involucrados en el lugar y con los elementos sustraídos. El hecho fue calificado como robo simple y Lagos fue condenado en calidad de coautor.

El hecho que derivó en su detención
El último episodio ocurrió el 13 de abril, alrededor de las 16:15, en una vivienda del barrio 1º de Mayo de la ciudad de San Luis. Según la acusación presentada por la Fiscalía, Lagos actuó junto con una mujer y ambos ingresaron a la vivienda de la damnificada. Una vez en el interior, la sujetaron de los brazos, el cabello y el cuello y ejercieron violencia física contra ella mientras intentaban sacarla de la casa.

De acuerdo con lo relatado por la fiscalía, mientras la golpeaban le exigieron el pago de una suma de dinero que supuestamente les debía y la amenazaron de muerte. Cuando la mujer intentó comunicarse con el 911, continuaron las intimidaciones y le manifestaron que, si avisaba a la Policía, la iban a “pinchar”.

Ante esa situación, la mujer escapó por la parte posterior de su vivienda y logró salir a través de una propiedad vecina. Allí encontró a un efectivo policial y pidió auxilio. Tras aportar las características físicas de Lagos, el hombre fue localizado y aprehendido en inmediaciones del lugar. Desde ese hecho permanece detenido.

Posteriormente, la damnificada fue examinada y se constataron lesiones leves. Entre las evidencias incorporadas a la causa se mencionaron testimonios, el protocolo médico, prendas de vestir secuestradas y reconocidas posteriormente, fotografías y una orden de restricción de acercamiento. Por este episodio, Lagos fue condenado como coautor de lesiones leves, amenazas y violación de domicilio.

La pena y la unificación con una condena anterior
Al momento de solicitar la pena, la Fiscalía señaló que no había circunstancias atenuantes y valoró como agravante los antecedentes condenatorios de Lagos. En particular, hizo referencia a una sentencia dictada mediante juicio abreviado el 18 de marzo de 2025, por la cual había sido condenado a dos años de prisión en suspenso por robo simple en grado de tentativa y robos calificados en grado de tentativa.

Ante la existencia de esa condena anterior, el Ministerio Público Fiscal solicitó la unificación de las penas y propuso para los nuevos hechos una pena de un año y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo. La defensa manifestó su conformidad tanto con la pena acordada como con la unificación.

Flores Leyes consideró que la calificación legal acordada reflejaba adecuadamente las conductas atribuidas y que la pena solicitada resultaba razonable y proporcional. En consecuencia, homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Lagos a un año y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo.

También dispuso la unificación con la condena anterior y ordenó que, una vez firme la sentencia, la causa sea remitida al Juzgado de Ejecución para continuar con el control del cumplimiento de la pena.

El juicio abreviado es un procedimiento especial previsto en el Código Procesal Penal que permite concluir una causa sin la realización de un juicio oral, cuando la Fiscalía, la defensa y el imputado alcanzan un acuerdo sobre los hechos, la prueba, la calificación legal y la pena. Para homologarlo, el juez debe controlar que se encuentren reunidos los requisitos legales y que el imputado haya prestado su conformidad.