Dieron a conocer los requisitos vigentes para la habilitación. La Dirección de Fiscalización de Actividades Comerciales e Industriales informó que se dio comienzo a las notificaciones pertinentes para todos aquellos establecimientos que exploten el uso de piletas y/o natatorios, de uso público o privado con acceso de personas en general, para que den cumplimiento a la ordenanza Nº 2379/91 que regula la actividad.

En este sentido, dichos lugares deberán contar con:

-Seguro de Responsabilidad Civil.
-Cobertura de área médica protegida.
-Certificado de desinfección.
-Libro de inspección de registro de valores de PH y CLORO en agua.
-Análisis de propiedades físico químicas del agua.
-Libretas sanitarias de todo el personal que desarrolle actividades en el lugar.
-Certificación y/o libreta de GUARDAVIDAS con revalida vigente.
-Certificación de MEDICO auditor, mencionado día y hora de atención.
-Inspección por parte del área Municipal de seguridad e higiene.

El incumplimiento de los requisitos enumerados será causal de denegatoria para el correspondiente permiso de temporada o de clausura preventiva de aquellos establecimientos que con posterioridad a la emisión de la autorización no den cumplimiento con lo requerido.