El Concejo aprobó la nueva ordenanza de locales nocturnos

Hoy a la siesta, y por unanimidad, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la nueva ordenanza de locales nocturnos, derogando la que estaba vigente desde 2001. El proyecto establece nuevos parámetros en materia de seguridad, especifica aspectos constructivos con los que deberá contar el local, fija los requisitos que deberán cumplimentar para su habilitación y, principalmente, modifica o “actualiza” las categorías de locales nocturnos, teniendo en cuenta que la mayoría de estos comercios hoy en día están habilitados bajo términos arcaicos, como “taberna”, que verdaderamente no comprenden su actividad ni son utilizados por el común de la gente.

En este contexto, uno de los cambios más importantes es que se permitirá la entrada de menores de 16 años a las discotecas, algo que hoy en día no está permitido, pero que mucho no se cumple. Si bien el ingreso a partir de los 16 años estará permitido, solo podrán comprar bebidas alcohólicas los mayores de 18 años.

“Con el ingreso de los chicos de 16 años, no van a estar vagando por las calles o haciendo fiestas privadas que por ahí no tienen ningún tipo de control. Sabemos muy bien que los menores de edad toman alcohol. Generalmente son chicos que van al colegio, o sea que el dinero para el consumo de alcohol se lo dan los padres”, destacó Gustavo Borra, uno de los empresarios que trabajó en este proyecto.

Para controlar la venta de alcohol a menores, uno de los métodos que se piensa implementar es, en el ingreso al boliche, colocar una pulsera a quienes tengan menos de 18 años, “ya que los barman no pueden estar pidiendo documentos permanentemente”. Esto también, destacó Borra, permitirá distinguir fácilmente a los menores dentro del boliche, ya que los mayores de 18 no deberán usar estas pulseras.

Otras novedades incluyen la exhibición de la habilitación mediante un código QR, la obligatoriedad de tener cámaras de seguridad dentro del establecimiento (que deberán guardar sus grabaciones por un lapso de 10 días), y que ya no se exigirá que se contrate personal policial para la seguridad del boliche. De este modo, los locales nocturnos podrán contratar seguridad privada para la parte interna, mientras que la Policía proveerá gratuitamente la seguridad fuera del comercio, según se acordó con el Ministerio de Seguridad. En este sentido, Borra señaló que contratar un adicional policial era tres veces más caro que a alguien de empresa privada, por lo que ahora se puede duplicar la cantidad de personal y reducir los costos al mismo tiempo.

“Hace 12 años que venimos detrás de una nueva ordenanza. Han pasado varios presidentes del Concejo y este Concejo Deliberante nos ha escuchado. Hemos pasado todo el año con la comisión de Seguridad y los diferentes bloques. Estamos muy contentos y vamos a tratar de que esta ordenanza se cumpla, tanto desde el municipio como nosotros los comerciantes, denunciando al comerciante que no la quiera cumplir”

De este modo, las nuevas categorías son:
Discoteca: “Son aquellos locales donde se difunde música, con pista y actividad de baile, con libre acceso para personas mayores de 16 años. La difusión musical podrá provenir de medios electrónicos y en el caso de que se contrataran números en vivo, deberán contar con escenario adecuado. Estarán autorizados a funcionar con expendio de bebidas alcohólicas sólo para concurrentes mayores de 16 años, quedando prohibida la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años; asimismo estarán autorizados a funcionar con anexo de bar y/o restaurante, para lo cual deberá adecuarse a la normativa vigente para dicha actividad”.

Las discotecas funcionarán los jueves de 23 a 5 horas, y los viernes, sábado y vísperas de feriado de 23 a 6. El resto de los días, podrán funcionar de 22 a 2 horas, con una tolerancia de 30 minutos para el cese de su actividad. En temporada de verano, las discotecas abrirán de 21 a 6 horas los jueves, viernes, sábado y vísperas de feriado; y de 20 a 4 horas el resto de los días.

Además, estos comercios “estarán autorizados a funcionar con anexo de bar y/o restaurante, para lo cual deberán adecuarse a la normativa vigente para dicha actividad”.

Locales bailables para menores: “Son aquellos locales donde se difunde música, con pista y actividad de baile, con acceso libre para personas mayores de 13 años y menores de 17 años”. Estos locales “estarán autorizados a funcionar con expendio de bebidas no alcohólicas, y/o con anexo de bar”.

Pub con pista: “Son aquellos locales donde se presta servicio de restaurante, se difunde música a través de números en vivo y/o por medios electrónicos, con pista y actividad bailable. El sector destinado al restaurante deberá ocupar el 70% de la superficie útil del local. En el caso de que se contraten números en vivo, deberán contar con escenario adecuado. Si el espectáculo es inconveniente para menores, queda terminantemente prohibido el ingreso de los mismos”. En estos locales también estará prohibida la venta de alcohol a menores.

Los pubs funcionarán de 21 a 4 los jueves, viernes, sábados y víspera de feriado; y el resto de los días de 20 a 2 horas. En verano, el horario de los jueves, viernes, sábados y vísperas de feriado será de 21 a 4.30, con el resto de los días funcionando de 20 a 4 horas. En todos esto casos también se va a aplicar la tolerancia de 30 minutos para el cierre.

Salones de eventos: “Son aquellos locales expresamente destinados a ser alquilados por personas o instituciones que deseen efectuar en ellos reuniones de carácter social, como también celebraciones de índole privado y/o pública, contando o no con pista de baile y difusión musical, con servicio de lunch y/o restaurante y habilitados para dicha actividad”. Estos salones podrán funcionar en horario diurno como nocturno, con un horario de cierre establecido a las 5 de la madrugada.

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