También se aprobó la creación del Consejo de Seguridad Provincial.

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad y transformó en ley, el proyecto que incluye como votantes a los chicos desde los 16 años para que participen en comicios provinciales y municipales. Además, los legisladores le dieron media sanción a la creación del Consejo Provincial de Seguridad (CO.PRO.SE.)

El proyecto modifica el artículo 1 de la Ley electoral Provincial para incluir como como electores a los argentinos sin distinción de sexo desde los 16 años. La iniciativa también incluye  a los argentinos naturalizados desde los 18 que figuren en el Registro Nacional Electoral Nacional o Provincial.

Son 6000 los chicos de 16 años que figuran en los padrones para votar en los próximos comicios.

Por otra parte, la creación del CO.PRO.SE tiene como objeto de consensuar y adoptar políticas que armonicen y posibiliten el fortalecimiento del sistema de seguridad. Las funciones del CO.PRO.SE.serán:

a) Propiciar la máxima coordinación de los Poderes del Estado y los Municipios, en la realización de estudios, proyectos y la elaboración de estrategias en la materia, en pos de optimizar la seguridad ciudadana.
b) Elaborar una base de datos y Mapas de Prevención del delito que contendrá la información necesaria a los fines de mantener actualizada la información.
c) Difundir el accionar de los entes relacionados a la Seguridad Pública.
d) Promover la capacitación de los agentes públicos que prestan servicios de mando y/o ejecución de las políticas en seguridad, a través de la realización de cursos destinados al abordaje de las temáticas vinculadas a las funciones del Consejo que se crea por la presente Ley.
e) Fomentar la cooperación horizontal con organismos de competencia equivalente en otras Provincias a los fines de aunar esfuerzos tendientes a combatir la inseguridad.

El CO.PRO.SE. será presidido por el Gobernador, cuya Secretaría Ejecutiva estará a cargo del ministro Secretario de Estado de Relaciones Institucionales y Seguridad. Estará conformado por tres miembros del Poder Judicial, tres) miembros del Poder Legislativo y tres miembros del Poder Ejecutivo y los Intendentes de los Municipios de la Provincia. 

A partir de la fecha de su constitución y puesta en funcionamiento, el Consejo Provincial de Seguridad elaborará informe, en el marco de la política estratégica integral de seguridad pública de la Provincia, que será presentado por el Gobernador en el primer plenario luego de aprobado el reglamento interno de funcionamiento, el que contendrá acciones, programas y objetivos de corto, mediano y largo plazo en políticas destinadas a la prevención y disminución del índice delictual.

El Consejo deberá elaborar un informe trimestral de las actividades y disposiciones ordenadas en el marco de sus funciones que será remitido al Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial.