La oposición pidió la recusación del procurador general, Luis Martínez

El día de hoy, el lema opositor Cambia San Luis presentó una recusación en contra del procurador general de la provincia, Luis Martínez, “a fin de que el mismo se abstenga de entender o participar de cualquier manera en cualquier actuación o presentación vinculada el proceso eleccionario del día 11/06/2023”.Esto se debe a que Martínez, antes de ser procurador, fue funcionario del Gobierno, diputado provincial por el oficialismo y también apoderado del Partido Justicialista de San Luis.

En base a esto, desde la oposición sostienen que “para garantizar la necesaria independencia, imparcialidad y transparencia en las decisiones de los funcionarios judiciales” durante el próximo proceso elecciones “se debe apartar al funcionario que razonablemente se sospeche dependencia, parcialidad o interés con relación al caso, al resultado, a las partes o a la materia; todo a fin de preservar el desempeño correcto sin favoritismos en un proceso electoral y la confianza en la administración de justicia”.

A tal fin, desde la oposición destacan el artículo 32 de la Ley Electoral provincial, el cual establece que “los funcionarios que forman parte del Ministerio Público Electoral, deberán excusarse y, podrán ser recusados cuando los comprenda alguna de las causales siguientes: a) Parentesco por consanguinidad, dentro del cuarto grado o, afinidad en segundo grado, con alguna de las partes, candidatos, precandidatos o apoderados comprendidos en la causa. b) Amistad íntima, enemistad manifiesta, o notoria vinculación de intereses con dichas personas físicas”.

De acuerdo al escrito presentado por Cambia San Luis, “Martínez debió haberse automáticamente excusado de intervenir en todas las cuestiones que referimos por el decoro y la delicadeza que la República y las instituciones necesitan tenga cualquier magistrado”, dice el escrito presentado por Cambia San Luis, el cual luego enumera los cargos que Martínez tuvo antes de ser procurador, destacando en particular su rol como apoderado del PJ en 2019, junto a Ángela Gutiérrez de Gatto.

“Siendo que ese mismo partido hoy integra el lema UNION POR SAN LUIS (801) y de esa manera participa en el proceso electoral en curso, como anticipáramos, debería haberse excusado y apartado para evitar dictámenes que pudieran inferir sospecha de parcialidad o preferencia a favor de su ex mandante-cliente”, destacaron. “Todos sabemos que en los procesos electorales los apoderados revisten carácter especial en la actuación de los partidos políticos, razón por la cual el Procurador debería haberse apartado de dictaminar en una causa iniciada por sus ex compañeros coapoderados del mismo mandante, para evitar sospechas de parcialidad o preferencia a favor de su ex compañeros, colegas, coapoderados”, agrega la presentación judicial de la oposición.

Además, desde Cambia San Luis aseguran que “a pesar de lo dispuesto en el art 32 de la ley Electoral Provincial, (Martínez) ya estaría dictaminado sin excusarse en expedientes electorales”, lo cual está “sembrando un improcedente e innecesario manto de sospecha de parcialidad, dependencia e interés”.

En cuanto a medidas, el pedido de recusación piden que desde el PJ se informe si Martínez fue apoderado en 2019 e inclusive si fue diputado de 2017 a 2021, a pesar de que esto último es claramente información de dominio público. Asimismo, pide que se cite a declarar a Alberto Rodríguez Saá, Gutiérrez de Gatto e Iván Cali, actual apoderado del PJ.

Para finalizar, el pedido de recusación sostiene que si la sentención no acoge su planteo, estaríamos frente a “un absurdo atropello”, el cual “constituiría un claro supuesto de arbitrariedad, exceso procesal manifiesto y denegación de justicia; manifiestamente se violarían normas constitucionales de orden provincial y nacional, como son las que garantizan los derechos Politicos, la convención americana de derechos humanos, el pacto internacional de derechos civiles y políticos, el Debido Proceso, Igualdad ante la Ley y Principio de Legalidad; Principio de Razonabilidad, por lo que hacemos reserva de acudir por ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia y, en su caso, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

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