Como se informó con anterioridad la flamante ley “no se aplicará para aquellos casos que impliquen para el agente una disminución del beneficio que percibía de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° I-0708-2010”.
Es importante recalcar que hubiera sido muy conveniente que a la presente ley se le otorgara una movilidad que vaya de la mano en el mismo porcentaje en el que se incrementan los salarios de la administración pública para que las asignaciones familiares no se desvaloricen con la inflación y no tengan que pasar varios años para actualizar los montos.
| TIPO DE ASIGNACIÓN | TRAMOS DE SUELDO BRUTO | ||||||
| Remuneración hasta $4.800,00.- | Remuneración entre $4.801,00.- y $6.000,00.- | Remuneración entre $6.001,00 y $7.800 | Remuneración desde $7.801 | ||||
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| a. Maternidad | Equivalente a 3 sueldos básicos escalafón categoría “E” | ||||||
| b. Nacimiento | $ 750,00 | ||||||
| c. Adopción | $ 4.500,00 | ||||||
| d. Matrimonio | $ 1.125,00 | ||||||
| e. Prenatal | $ 460,00 | $ 320,00 | $ 200,00 | $ 110,00 | |||
| f. Hijo | $ 460,00 | $ 320,00 | $ 200,00 | $ 110,00 | |||
| g. Hijo con discapacidad | $ 1.500,00 | $ 1.100,00 | $ 720,00 | ||||
| h. Ayuda Escolar Anual | $ 340,00 | ||||||
| i. Ayuda Escolar Anual Hijo con Discapacidad | $ 510,00 |
En el rango de salario mínimo son 1.619 los agentes que percibirán algunas de las categorías de las asignaciones familiares. En el segundo tramo son 2.415, en el tercero 2.677, y en el cuarto 2.968 de los cuales 448 cobran más de $ 15.000.