Este miércoles, fue publicado en el flamante Boletín Oficial digital el decreto Nº 35-MG-2024, mediante el cual mediante el cual el Gobierno provincial revoca el Tratado de La Toma Contra la Pobreza, firmado en los últimos meses de la gestión de Alberto Rodríguez Saá. A través de este convenio, el Gobierno proveía de aportes del tesoro provincial (APT) a los municipios para que pudieran pagar el piso salarial de $300.000 que se estableció en septiembre del año pasado.

Entre los fundamentos del decreto, se menciona como fin el “no agravar la situación financiera de la Provincia y que las consecuencias negativas se trasladen a las comunas que conforman la Provincia de San Luis”. La última parte de esa oración es más que curiosa, ya que, con este decreto, muchos municipios tendrán serios problemas para seguir alcanzando ese piso salarial.

Los fundamentos también señalan que, en el Tratado, los intendentes no asumieron ninguna responsabilidad u obligación, por lo que es una “atribución discrecional del Ejecutivo Provincial conceder aportes a los municipios”, al mismo tiempo que el Gobernador puede “disponer su revocación”.

Todo esto se enmarca en el polémico Decreto N° 150, cuya constitucionalidad está siendo analizada por la Legislatura y también por la Justicia, el cual declara la emergencia económica y financiera; algo que siempre se hizo por ley en nuestra provincia y no por decreto, como lo hizo Claudio Poggi.

“En este contexto encontramos los extremos requeridos por el citado art. 22 para la revocación de los actos en cuestión: la situación de extrema gravedad económica y financiera (mérito), descripta pormenorizadamente en el Decreto N° 150-SGG-2023 –al cual me remito en honor de la brevedad-, que atraviesa hoy (oportunidad) la provincia de San Luis, y la posibilidad de recuperar los fondos objeto del presente para ser destinados a afrontar la emergencia pública en materia económica, financiera, administrativa, social, alimentaria, sanitaria, educativa y de seguridad”, dicen los fundamentos del nuevo decreto, remitiéndose al polémico N° 150.

Los artículos del decreto:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo establecido por los Art. 22° in fine de la Ley N° VI-0156-2004 y Art. 1° del Decreto N° 150-SGG-2023.-

Art. 2º.- Revocar los actos denominados “CONVENIO ESPECÍFICO DEL TRATADO DE LA TOMA PARA LA LUCHA CONTRA LA POBREZA”, cuyas copias obran adjuntas en act. PASGEN 712025/23 del presente expediente. –

Art. 3º.- Revocar el Decreto Nº 11700-MHP-2023 y dar intervención a Contaduría General de la Provincia y Dirección de Presupuesto Público a fin de desafectar las partidas presupuestarias a las cuales se imputara el presente gasto. –

Art. 4°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público y, por intermedio de la Dirección de Asuntos Municipales, a los municipios enunciados en el primer párrafo de los considerandos del presente. –

Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno; y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. – Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-