Senadores modificó el proyecto de ley de honorarios para abogados

La iniciativa volverá a Diputados. La Cámara de Senadores otorgó media sanción al proyecto Ley de Honorarios de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia de la Provincia. Senadores introdujo dos modificaciones por lo que el proyecto vuelve a Diputados para su tratamiento.

“Un aspecto importante que ha resuelto el presente proyecto es la corrección de la desactualización que tiene la ley vigente, producida por el proceso inflacionario nacional, lo que hace que disposiciones referidas a valores fijos, resultan inaplicables por los montos que se expresan a valor nominal”, puntualizó el senador Maximiliano Frontera.

El legislador comentó que el proyecto introduce la figura del JUS, vigente en otras provincias y que consiste en un porcentaje del 1% de la remuneración de un juez de Primera Instancia, sin el adicional de la antigüedad y sin cargas de familia, lo que se toma como unidad de medida para establecer la retribución mínima en diversos trámites previstos en la ley.

La nueva normativa, entre otras modificaciones, establece que los honorarios de los abogados de la parte ganadora por su actividad durante la tramitación en primera o única instancia, cuando se tratare de sumas de dinero o de bienes susceptibles de apreciación pecuniaria, será fijada entre un 13 % al 20% del monto del proceso, en el caso de los letrados de la parte vencida sus pagos serán delimitados entre un 8% al 12% del monto del proceso.

“Otro aspecto que resolverá este proyecto es la retribución de los peritos y auxiliares de la justicia que, hasta la fecha, reclamaban por el pago en término de su trabajo. Ahora, al dictar sentencia, el juez deberá regular los honorarios de todos los profesionales de la justicia”, detalló Frontera.

Las modificaciones introducidas por Senadores se refieren al artículo del pago de honorarios de los peritos por informes periciales requeridos por tribunales. Se agregó un inciso que establece que serán fijados entre un 4% y 7% del monto de la sentencia, estableciéndose un honorario mínimo de 10 “JUS”. También se modificó el inciso A  que establece que el monto de honorarios será tomando en cuenta “el monto de la sentencia, conforme a la incidencia de la prueba pericial”.

Categorías: Noticias