Consiste en una serie de beneficios económicos que incluye a sus viudas e hijos menores de edad o con capacidades diferentes. La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad un proyecto de ley que tiene como objetivo otorgarle una serie de beneficios económicos a héroes de Malvinas, sus viudas e hijos menores de edad o con capacidades diferentes. La iniciativa fue remitida a Senadores para otorgarle la media sanción que le falta.

El proyecto establece que se le abonará a los ex combatientes o a los otros beneficiados que incluye la iniciativa, el importe equivalente a lo que cobra un trabajador del Plan de Inclusión Social, suma que en la actualidad alcanza los $1070. Pero a partir del 1º de enero de 2014, el monto se duplicará y quedará sujeto a los incrementos en materia salarial que aplique el Gobierno.

La iniciativa contempla que los beneficiados tendrán preferencia proporcional en la adjudicación de viviendas sociales. La mencionada preferencia cederá ante las madres solteras y chicos con capacidades diferentes.

Por otra parte, el proyecto incluye la exención del pago impuestos provinciales como:
-El impuesto inmobiliario
-Ingresos brutos
-Impuesto de sellados
-Impuesto automotor
-Tasas por servicios administrativos

Requisitos para acceder al beneficio

a) Certificación de su condición de ex combatiente expedido por la Autoridad Militar de la Fuerza donde revistió, rubricada por el Ministerio de Defensa de la Nación.
b) Acreditar domicilio real, no menor a cinco años, en el territorio de la provincia  de  San  Luis,  a condición de  mantener su domicilio en ésta, debiendo justificar dicha situación, presentando la documentación que  la  reglamentación establezca y en la oportunidad que ésta lodisponga.
c) No estar recibiendo cualquier otro beneficio por su condición de ex combatiente, regulado y otorgado por otra jurisdicción provincial o por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
d) Estar empadronado en el Registro que se establece  la presente Ley.