Se implementará una campaña para recordarles a los comerciantes la prohibición. La Municipalidad de La Punta ratificó la vigencia de la ordenanza N°125 denominada “Pirotecnia Cero”, promulgada en el año 2012, la cual prohíbe la tenencia, fabricación, comercialización, acopio, depósito, venta al público, ya sea mayorista o minorista, y el uso particular de todo tipo de elemento de pirotecnia, tanto los de venta libre, como los de venta controlada por el RENAR.

Además de proteger la integridad física de las personas, sobre todo de los niños, y de las mascotas que sufren con el estallido de la pirotecnia, la ordenanza apunta a cuidar el medio ambiente ya que la ignición de estos elementos puede dar origen a focos de incendio que dañen la naturaleza y que pueden significar una grave amenaza para la vida de los ciudadanos.

Por eso, la medida determina que aquellos propietarios de comercios o particulares que no cumplan con lo que indica la ordenanza, podrán ser sancionados con multas que van desde los $250 a los $2.500, con la clausura temporaria o definitiva del local infractor, según el caso.

Próximamente, el municipio de La Punta, en conjunto con el Juzgado de Faltas, iniciará una campaña entre los propietarios de comercios para recordarles esta normativa que prohíbe el uso de fuegos artificiales en nuestra ciudad.