Los legisladores, todos oriundos de Villa Mercedes, pidieron que se les de participación de ley como particular damnificado. āSino fuera porque la empresa que construye la obra provincial denominada āLa Pedreraā, en una zona aledaƱa al radio dejo un montĆculo de tierra y de hormigón obstruyendo unos de los canales desagüe, situación esta que evito el escurrimiento normal y habitual del agua, y produjo una especie de contención que hizo que el agua volviera hacia las casas, ingresando en las mismas, teniendo algunas viviendas mas de un metro de aguaā, seƱalan los legisladores en su escrito.
En el mismo tambiĆ©n destacan declaraciones del ministro de Obra PĆŗblica, Felipe Tomasevich, quien atribuyó la inundación āprimero un taponamiento de un tapón que estaba en la obra de desagües del barrio la Rivera, que no permitĆa el desagote y en segundo lugar la falta de conducción del agua que tiene los canales preexistentesā.
En cuanto al encuadre legal, los legisladores de Cambiemos pidieron que se tengan en cuenta la figura de ādelito contra la seguridad pĆŗblicaā, prevista en el Código Penal Argentino, ya que āno solo se puso en riesgo solamente los bienes de las personas, sino tambiĆ©n la vida de algunos habitantes de esa zona de la ciudadā.
Cabe recordar, como ya ha informado La Gaceta, que Tomasevich hizo referencia, a comienzos de mes, a un āinforme definitivoā en el cual se iba a determinar si una o todas las empresas que trabajan en la obra eran responsables. Si ese āinforme definitivoā existe, nunca se dio a conocer y menos aĆŗn si el Gobierno, por su parte, aplicarĆ” algĆŗn tipo de sanción a las empresas responsables.
Volviendo a la presentación judicial, ya en su parte informativa, la presentación de los legisladores pide que se oficie a los siguientes entes:
A) āFiscalĆa Municipal de Falta de la ciudad de Villa Mercedes, a los fines de que informe si entre los dĆas 26, 27 y 28 de febrero del corriente aƱo, se ha labrado acta de infracción a la empresa constructora del Parque la Pedrera por la obstrucción de los canales de desagües. En caso de ser afirmativo acompaƱe copias de la misma y toda documentación relacionada al hecho que posea.-
B) āA la Municipalidad de Villa Mercedes, a los fines de que informe llamadas producidas al sistema 147 en el dia 26 de febrero del corriente aƱo, solicitando ayuda por producirse inundación en barrio la Ribera. En su caso acompaƱe datos a los fines de individualizar a las personas autores del llamado, para ser cita a declaración testimonial.-
C) āA la Secretaria de Obras Publicas de la ciudad de Villa Mercedes, a los fines de que informe si a travĆ©s de la Unidad Ejecutora de Desagües Pluviales, si habĆa solicitado autorización para anular dicho canal de desagüe y en su caso si en los controles de rutina se constato la obstrucción de los canales de desagües pluviales del barrio la Ribera y que medidas se tomaron.-
D) āA la Secretaria de Obras y Servicios PĆŗblicos de quien depende Unidad Ejecutora de Desagües Pluviales Municipales, a los fines de que acompaƱe plan de mantenimientos de los desagües pluviales del Barrio la Ribera.-
E) āA la Intendencia Municipal de Villa Mercedes, a los fines de que acompaƱe relevamiento realizado de personas y bienes afectados producto de la inundación del barrio la Ribera sucedida el dĆa 26 de febrero del corriente aƱo.-
F) āA la dirección Provincial de Vialidad a los fines de que informe si movilizo maquinas retroexcavadoras u otras para el libera miento de los canales de desagües pluviales, en la zona sur del barrio la Ribera ciudad de Villa Mercedes, el dĆa 26 de febrero del corriente aƱo.-
G) āAl Ministerio de Obras Publicas e Infraestructura de la Provincia de San Luis, a los fines de que informe la empresa y/o empresas adjudicatarias de la obra āParque La Pedreraā, en especial del autódromo a realizar en el mismo, y en su caso de existir tener conocimiento de
empresas Subcontratadas para la realización de dicha obras su nombre y domicilio. Como asà también los responsables del control de la realización de dicha obra.-
H) āAl Gobierno de la Provincia de San Luis a los fines de que acompaƱe copias de los pliegos de licitación y los decretos de Adjudicación de la obras a realizarse dentro āParque La Pedreraā.-
I) āAl Gobierno de la Provincia de San Luis a los fines de que acompaƱe copia de la póliza de seguro de caución presentado por las empresas que resultaron adjudicatarias de la obra āParque de la Pedreraā.-
J) āAl Gobierno de la Provincia de San Luis, a los fines de que acompaƱe estudios Ambientales y de movimientos de Suelos, de haberse realizado previos a la realización de la obra āParque la Pedreraāā.-
Por Ćŗltimo, se pide que se cite a declarar:
a) Al Intendente de la Municipalidad de Villa Mercedes C.P.N. Mario Raul Merlo, el cual deberĆ” ser citado en su pĆŗblico despacho de Av. Mitres 1025.-
b) Al jefe de defensa Civil Municipal, Sr. Jorge Barroso el cual deberĆ” ser citado en su despacho en la Intendencia Municipal, cita en calle Av. Mitre 1025.-
c) Al seƱor Ministro de Obras Publicas e Infraestructura Felipe Tomasevich, el cual deberƔ ser citado en su despacho de la Terraza de Portezuelo.-