El Superior Tribunal dispuso la reanudación de los términos procesales desde el lunes 11 de mayo en las tres circunscripciones judiciales y dió a conocer el protocolo de trabajo como prevención del coronavirus.
El cese de la suspensión de términos era una medida que se pedía desde diversos sectores de los letrados de la provincia. Más de 70 abogados litigantes presentaron hace un par de semanas una nota al Colegio de Abogados de San Luis solicitando la reanudación de términos. También días atrás, los Colegios de Abogados de San Luis y Villa Mercedes hicieron al máximo tribunal puntano el mismo pedido.
El acuerdo 210 dice que “se mantendrá la suspensión de términos, inter dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio, en las causas
que se encuentren en los siguientes supuestos”:
– Que no correspondiendo a asuntos urgentes (según enunciación de referencia del art. 22 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia)
requieran en el desarrollo del proceso la realización de un acto que ineludiblemente debiera serlo de manera presencial. Ello, se hará saber por los Magistrados en la correspondiente providencia fundada, que se dispondrá de oficio o también a requerimiento;
– Que lo disponga el Magistrado por razones de fuerza mayor o causa grave en la correspondiente providencia fundada, de oficio o también a requerimiento;
– Que la causa se encuentre en etapa de cumplimiento de la sentencia de remate y lo embargado no fuese dinero depositado en la causa.
Cabe recordar que el Superior Tribunal dispuso la suspensión de términos judiciales el 18 de marzo. Primero la suspensión fue hasta el 31 de marzo, pero el 23 de abril extendió la medida hasta el final del aislamiento social, preventivo y obligatorio.