La Cámara Penal N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial condenó a 13 años de prisión a un hombre culpable del abuso sexual con acceso carnal agravado de su sobrina de 3 años con la cual convivía.

Como en otras causas similares, Prensa del Poder Judicial no reveló la identidad del condenado porque se considera que es un delito de instancia privada.

Durante los alegatos, la Defensora de Menores, Dra. María Victoria Cortázar Furnari, consideró que el relato de la víctima fue claro, preciso y basado en el recuerdo de la experiencia vivida. Aseguró que, con las limitaciones de la edad, la niña contó al menos a 5 personas (entre ellas, a su mamá y a su abuela) un hecho concreto, que ocurrió una sola vez, en la casa donde vivía junto a su familia.

Pascual Celdrán, abogado de la familia de la nena, adhirió al alegato de la Dra. Cortázar Furnari y resaltó que el relato fue contundente, no presentó discrepancias y tuvo las mismas características las veces que fue replicado a diferentes personas. Solicitó se aplique la figura de abuso sexual gravemente ultrajante.

En cuanto a la autoría del hecho, el Fiscal de Cámara, Ernesto Lutens, dijo: “No hay ningún tipo de dudas porque la niña señala al imputado como la persona que provocó el abuso”. También se refirió a la coherencia que encontró en el relato de la víctima.

Lutens compartió la calificación legal oportunamente formulada por Fiscalía en primera instancia y encuadró al hecho como un abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente. Solicitó una condena de 15 años de prisión.

Mientras que, Germán Anabitarte, defensor del imputado, cuestionó la validez de la Cámara Gesell incorporada como prueba a la causa, y aseguró que se vulneró el derecho de defensa su representado. En el mismo sentido, aseveró que existieron contradicciones en el relato de testigos. Solicitó al Tribunal que se absuelva a su defendido o bien, en caso de que existiera condena se lo hiciera bajo la figura de delito sexual simple agravado por la convivencia preexistente.

El Tribunal integrado Aníbal Astudillo, Daniela Estrada y María Silvia del Castillo de Insua resolvieron condenar al hombre a 13 años de prisión en la audiencia que se realizó de manera virtual.