En la edición de este viernes del Boletín Oficial salió publicada la VIII-1135-2024 que es la adhesión de la provincia de San Luis al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) contenido en el título VII de la Ley Bases y Puntos de Partida. La adhesión al RIGI fue sancionada por el voto de los bloques del poggismo y aliados, mientras que fue votada en contra por la oposición. Los ambientalistas se manifestaron en varias ocasiones en la Legislatura mostrando una activa postura en contra al RIGI.
El RIGI contempla una serie de incentivos fiscales, financieros y administrativos para atraer capital nacional y extranjero con el objetivo de promover el desarrollo económico y la creación de empleo. El RIGI tiene un piso de inversión de 200 millones de dólares y hay un plazo de dos años para presentarlos.
Desde que se envió a la Legislatura a principios de septiembre, los ambientalistas empezaron a militar en contra de la adhesión del RIGI con una serie de manifestaciones en el edificio legislativo para visibilizar la protesta. Los principales puntos que sostienen son que el RIGI es una amenaza a los recursos naturales como el agua y que la adhesión implicaba una delegación de facultades de la Provincia a Nación. Este punto lo desmintió el ministro de Desarrollo Productivo, Federico Trombotto, ante la pregunta de La Gaceta Digital (LGD).
La adhesión al RIGI se aprobó primero en la Cámara de Diputados en una sesión que duró cuatro horas el 18 de septiembre con la presencia de ambientalistas en las gradas. Seis días después, los ambientalistas hicieron una asamblea pública en la vereda de la Legislatura para frenar la sanción en la adhesión al RIGI en el Senado. Sin embargo, el 1° de octubre, los senadores le dieron la sanción por mayoría de votos.
LEY Nº VIII-1135-2024
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ADHESIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS A LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL TÍTULO VII DE LA LEY NACIONAL Nº 27.742 “RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)”
ARTÍCULO 1°.- ADHERIR a los términos previstos en el Título VII de la Ley Nacional Nº 27.742 “RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)”, que contiene los Capítulos I al XII y los Artículos 164 al 228 respectivamente, que establece un marco regulatorio de incentivos impositivos, certidumbre económica, y seguridad jurídica, que habilita el fomento de grandes inversiones en la provincia de San Luis, todo en los términos a la disposición del Artículo 224 de la referida Ley.-
ARTÍCULO 2°.- A los efectos de la adhesión dispuesta en el Artículo 1° ratifíquese la vigencia de la Ley Nº IX-0634-2008 “Preservación y Restauración ambiental del Sector Minero” todo ello en el marco del Artículo 47 de la Constitución Provincial de San Luis y el Título Segundo de la Constitución Nacional -Artículos 121-128- Facultades de la Provincia no delegadas a la Nación.-
ARTÍCULO 3°.- El Ministerio de Desarrollo Productivo o el organismo que institucionalmente lo reemplace, serán Autoridad de Aplicación en todo lo atinente a las competencias correspondientes en la provincia de San Luis a la aplicación del “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)”.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.-
RECINTO DE SESIONES de la Honorable Legislatura de la provincia de San Luis, a un día del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.-