El Tribunal de Impugnaciones de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial revocó la prisión domiciliaria del profesor de básquet Víctor Hugo Figueroa, acusado del abuso sexual a una nena. Figueroa deberá cumplir la prisión preventiva en el Servicio Penitenciario hasta que inicie el juicio en su contra. El gobernador Claudio Poggi criticó hace dos semanas a la Justicia provincial por darle la prisión domiciliaria “a un imputado confeso, abusador y pedófilo”.

El tribunal, integrado por Marcelo Oscar Bustamante Marone, María Monserrath Bocca y Jorge Sabaíni Zapata, hizo al recurso de apelación de apelación presentado por el por el fiscal de Juicio Ernesto Lutens ante prisión domiciliaria otorgada el 1° de noviembre. Resolvió que el acusado continuará cumpliendo la prisión preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial hasta que se lleve a cabo el juicio oral. También ordenó oficiar con habilitación de día y hora a la Oficina Judicial a fin de que se fije una fecha próxima de juicio, disponiendo (si hiciera falta) la habilitación de feria judicial.

En la audiencia que se desarrolló este martes, Lutens pidió que se analizaran particularidades de la causa y consideró que es necesario un sustento científico a fin de comprobar las razones de salud que presenta el acusado y que justificarían su prisión domiciliaria.

Aseguró que la prisión domiciliaria pone en riesgo a las partes involucradas en la causa, mencionó la pena en expectativa prevista y aseguró que existe riesgo procesal. Consideró que el juicio debe llevarse a cabo “sí o sí” y solicitó la revocación de la prisión domiciliaria.

A continuación, María Victoria Cortázar, defensora de Niñez y Adolescencia, adhirió en todo a lo expuesto por el fiscal de Juicio y también solicitó que se revoque la prisión preventiva domiciliaria. Consideró que se debe garantizar la tutela judicial efectiva y asimismo, afirmó que – ante un eventual conflicto de intereses – debe prevalecer el interés superior del niño.

Pascual Celdrán, en representación de la querella, explicó que no se referiría a los agravios vertidos por el Dr. Lutens, ya que el recurso fue presentado por el Ministerio Público Fiscal. Pidió que se respete el derecho a la víctima a una sentencia en tiempo razonable. “Pido que se fije la fecha de juicio oral de manera inmediata, la víctima tiene derecho a tener una sentencia y tienen derecho todas las partes del proceso”, dijo.

Por último, Rocío Mediavilla (defensora de Juicio) rechazó en todo lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal y por la Defensora de Niñez. Aseguró que su asistido tiene derecho a una defensa técnica plena y eficaz. Se expresó en relación a la resolución que dispuso la prisión preventiva domiciliaria y la consideró ajustada a derecho y fundamentada.

Aseguró que no existen riesgos procesales y mencionó que en el sistema acusatorio, la libertad del acusado durante el proceso es la regla.

Luego de un breve cuarto intermedio, el Tribunal dio a conocer la resolución con la que hizo lugar al recurso de apelación presentado por el Ministerio Público Fiscal y revocó la prisión domiciliaria oportunamente dispuesta, ordenando el traslado del acusado al Servicio Penitenciario Provincial, donde deberá cumplir prisión preventiva hasta el inicio del debate oral.

Asimismo, ordenó que se oficie al Servicio Penitenciario Provincial a fin de que se arbitren los medios para brindar al acusado la medicación y el correspondiente tratamiento atento su estado de salud.

Entre otros argumentos, mencionó que deben prevalecer los derechos de la víctima y destacó su doble vulnerabilidad, como niña y como mujer. También resaltó que las razones de salud invocadas por el acusado deben estar debidamente fundadas.

Asimismo refirió a la complejidad de la causa y la magnitud de los delitos y ordenó que se oficie a la Oficina Judicial a fin de que se fije fecha de inicio del juicio oral.

Fuente: Prensa Poder Judicial