Escrito por Santiago Rovera.


Durante la gobernaciĆ³n en la provincia de San Luis de JosĆ© Rufino Lucero y Sosa, se constituyĆ³ el primer Honorable Concejo Deliberante de la ciudad capital. Sus integrantes resultaron electos el 25 de noviembre de 1867.

Lo integraron JosĆ© MarĆ­a de la Torre, Severo GutiĆ©rrez del Castillo, Dr. CristĆ³bal Pereyra, Dr. Juan Alejandro Barbeito, ValentĆ­n Luco, Pablo Zorrilla, Rafael CortĆ©s. Como suplentes, se designĆ³ a Juan Boussi, Victorino Lucero y AndrĆ©s A. Orozco.

Fueron reconocidos por la CĆ”mara Legislativa mediante la Ley 129 el dĆ­a 12 de mayo de 1868. Poco tiempo despuĆ©s de que este cuerpo comenzarĆ” a funcionar, el Concejo de la ciudad fue presidido por el Sr. Severo GutiĆ©rrez del Castillo, y como secretario actuĆ³ el Sr. ValentĆ­n Lucero.

Por una disposiciĆ³n tomada por el cuerpo, se dirigiĆ³ una nota al gobernador solicitando una emisiĆ³n de billetes por una suma de $6,000, moneda boliviana, debido a la escasez de recursos en la ciudad en ese momento. La nota expresaba lo siguiente:
“DesearĆ­a seguir adelante en los trabajos iniciados, sin apelar al medio de un emprĆ©stito o al de tener que desprenderse de alguno de sus bienes en terreno; ha creĆ­do conveniente hacer una emisiĆ³n de $6,000 pesos bolivianos en billetes, que representen la moneda sencilla mĆ”s usual.

Para poner en ejercicio esta idea, la municipalidad cuenta de
antemano con la aceptaciĆ³n de algunos comerciantes…” (1).

El gobernador aceptĆ³ la propuesta ante la escasez de circulaciĆ³n monetaria para las transacciones comerciales, indicando que estos billetes podrĆ­an ser recibidos en las oficinas de Hacienda de la provincia.
Municipalidad de San Luis, acuerdo:
ArtĆ­culo 1: La Municipalidad de la ciudad de San Luis realiza una emisiĆ³n en billetes hasta la suma de $6,000 pesos en moneda boliviana, representando los valores desde un cuarto de real hasta un peso.
ArtĆ­culo 2: Para la garantĆ­a de esta emisiĆ³n, se afectan las rentas y terrenos del municipio conforme a la ley.
ArtĆ­culo 3: Al hacer la emisiĆ³n serĆ” preciso que, ademĆ”s de la garantĆ­a expresada en el artĆ­culo anterior, exista un valor en dinero que no baje, por lo menos, de la mitad de los billetes puestos en circulaciĆ³n.
ArtĆ­culo 4: La emisiĆ³n se amortizarĆ” a partir del aƱo 1870 en adelante, realizando esta operaciĆ³n con previo aviso pĆŗblico al comercio para que presencie dicha amortizaciĆ³n.
ArtĆ­culo 5: Los billetes llevarĆ”n el sello de la Municipalidad, la firma autĆ³grafa del presidente y del secretario. AdemĆ”s, el Concejo acordarĆ” la forma que deberĆ”n tener, asĆ­ como todo lo que sea conducente.
San Luis, 23 de octubre de 1868.
Severo GutiƩrrez del Castillo
ValentĆ­n Lucero, Secretario Interino.

El decreto de tal aprobaciĆ³n, realizado el 5 de noviembre de 1868, menciona lo siguiente:
Artƭculo 1: Los billetes de la Municipalidad, ademƔs del sello de esta, llevarƔn el timbre de la Tesorerƭa de la Provincia, utilizado en el papel sellado, y la firma del inspector. Bajo estas condiciones, se recibirƔn en pago de impuestos provinciales.
ArtĆ­culo 2: El Tesoro, al timbrar los billetes y al firmarlos el inspector, tomarĆ” nota de la cantidad y su clase. Este Ćŗltimo, a su vez, presenciarĆ” su amortizaciĆ³n.
ArtĆ­culo 3: NĆ³mbrese inspector en la emisiĆ³n de billetes al ciudadano D. Juan Barbeito.
ArtĆ­culo 4: ComunĆ­quese a quien corresponda y publĆ­quese.
Lucero y Sosa Faustino Berrondo (2).

Lo que no he podido corroborar en documentos del archivo es hasta quĆ© tiempo estuvieron en circulaciĆ³n en la ciudad de San Luis estos billetes, como asĆ­ tampoco el domicilio de reuniĆ³n del Concejo en esa Ć©poca. Sin embargo, se sabe que en la Provincia hubo dos tipos de moneda: una en circulaciĆ³n en todo el territorio y otra en la ciudad capital, teniendo en cuenta este billete municipal.

Datos:
1 y 2: Geografƭa de la provincia de San Luis, tomo 2. Juan W. Gez (pƔg. 465-468, LƔmina VII y VIII).
Compilaciones de las leyes de la provincia de San Luis, AnĆ­bal Barbosa, vol. 1 (PerĆ­odo 1854-1879).
(Archivo HistĆ³rico de la provincia de San Luis).