El Sindicato de Judiciales Puntanos (Sijupu) manifestó su rechazo al proyecto de ley que prorroga la emergencia económica y social por dos años y que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados. La principal preocupación del gremio radica en que el texto incluye la derogación del segundo párrafo del artículo 6° de la Ley de Escala Salarial Judicial (Ley IV-1103-2023), norma que garantiza aumentos salariales en el Poder Judicial cuando el Ejecutivo otorga incrementos a la administración pública.


“Están intentando vaciar de contenido nuestras leyes y derechos conquistados”, advierte el sindicato en un extenso documento, donde consideran que se trata de “un ataque directo a nuestra autonomía, nuestros salarios y nuestros derechos”.

Según el análisis del gremio, la eliminación de este artículo implica que el Poder Ejecutivo dejaría de estar legalmente obligado a remitir partidas presupuestarias al Poder Judicial para aplicar aumentos salariales en igual proporción que en el resto del Estado. Esto, afirman, debilita la independencia judicial y “sujeta aún más al Poder Judicial a la discrecionalidad política y económica del Ejecutivo de turno”.

“El 80% del presupuesto anual del Poder Judicial se destina a salarios”, destaca el Sijupu. Y advierten que, si se aprueba la derogación, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) no tendría forma material de garantizar futuros aumentos, salvo que el Ejecutivo lo autorice expresamente.

Además, el sindicato sostiene que la modificación propuesta contradice leyes provinciales vigentes, como la Ley de Autonomía Judicial (IV-0088-2004), cuyo artículo 3º establece que las remuneraciones judiciales deben seguir los lineamientos salariales de los tres poderes y ser fijadas por ley a propuesta del STJ.

También señalan que se estarían vulnerando artículos de la Constitución Provincial, especialmente el 192, que establece la intangibilidad del salario judicial, la necesidad de que sea establecido por ley, y el principio de equiparación salarial entre los jueces del STJ y el funcionario mejor pago del Estado.

En otro tramo del documento, el gremio cita jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, específicamente el fallo “Tobar”, donde se declaró la inconstitucionalidad de recortes salariales generales en el marco de emergencias económicas. La Corte estableció que la emergencia no puede suspender derechos constitucionales ni permitir ajustes arbitrarios sobre las remuneraciones estatales.

Finalmente, el Sijupu lamenta que un proyecto de fortalecimiento de la autonomía judicial presentado en agosto de 2024, que proponía establecer un porcentaje fijo de coparticipación y facultades presupuestarias propias para el Poder Judicial, no haya sido tratado.

“No solo nuestros derechos están en emergencia. También lo están la institucionalidad, la legalidad y la independencia judicial”, concluye el documento firmado por la Comisión Directiva del Sijupu.