Este jueves, después de dos audiencias fallidas, el Juzgado de Garantía Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del juez Marcos Flores Leyes, tuvo por formulados cargos contra Nicolás Vicente Anzulovich, investigado por el presunto delito de enriquecimiento ilícito mientras se desempeñó como funcionario público del gobierno de la provincia de San Luis, declaró la causa como compleja y dispuso medidas cautelares de control y patrimoniales. Sin embargo, rechazó el pedido de prisión preventiva impulsado por la querella y la suspensión laboral solicitada por la Fiscalía.

La audiencia fue impulsada por la Fiscalía de Instrucción en lo Penal Nº 1, representada por el fiscal Francisco Assat y el fiscal adjunto Juan Pablo Estopiñán. Participó además como querellante la Fiscalía de Estado de la Provincia, representada por el abogado Santiago Calderón Salomón. La defensa del imputado estuvo a cargo de los abogados Cristóbal Ibáñez y Nedo Gómez.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal expuso su hipótesis del caso y sostuvo que la investigación se centra en un presunto incremento patrimonial no compatible con los ingresos declarados por Anzulovich durante el período 2019–2023.

Según la acusación, Anzulovich se desempeñó en distintos cargos dentro del Poder Ejecutivo provincial entre 2013 y 2023. El período bajo investigación corresponde a las funciones que ejerció primero como coordinador de DOSEP y posteriormente como ministro de Desarrollo Social.

Fiscalía explicó que la causa se inició a partir de una denuncia presentada por una empleada del Plan de Inclusión Social. A raíz de ello, Anzulovich fue intimado a presentar una declaración jurada patrimonial, la cual fue sometida a una auditoría realizada por una perito contable del Poder Judicial. De ese análisis —según la acusación— surgieron inconsistencias entre los ingresos formalmente registrados, la evolución patrimonial observada y el nivel de vida atribuido al investigado.

Los fiscales remarcaron que, por la propia naturaleza del delito de enriquecimiento ilícito, este tipo de investigaciones no se limitan a comparar ingresos declarados y bienes registrados, sino que requieren reconstruir integralmente el circuito patrimonial, identificar posibles “personas interpuestas” —es decir, terceros que podrían figurar formalmente como titulares de bienes o negocios pertenecientes en realidad al investigado—, analizar relaciones económicas indirectas, activos registrados a nombre de otras personas y eventuales mecanismos de ocultamiento patrimonial.

En esa línea, Assat y Estopiñán argumentaron que la investigación aún se encuentra en una etapa preliminar y que restan medidas probatorias vinculadas con pericias complementarias, informes bancarios, reconstrucción patrimonial, identificación de bienes y eventuales acciones orientadas al recupero de activos.

La Fiscalía solicitó además que la causa fuera declarada compleja -es decir que el trámite de la causa se extienda por más tiempo del estipulado en el Código Procesal Penal-, al considerar que el caso presenta características propias de investigaciones sobre criminalidad económica y corrupción pública, donde suelen intervenir estructuras patrimoniales difíciles de reconstruir y diligencias técnicas que demandan plazos superiores a los ordinarios.

Asimismo, requirió medidas de coerción destinadas a garantizar el sometimiento del imputado al proceso: firma periódica del libro de imputados, prohibición de salida de la provincia, suspensión preventiva de sus funciones judiciales e inhibición general de bienes.

Respecto del pedido de suspensión laboral, la acusación sostuvo que Anzulovich actualmente trabaja dentro del Poder Judicial y posee conocimiento del funcionamiento institucional, acceso a sistemas internos y vínculos funcionales que, según Fiscalía, podrían representar un riesgo potencial para el normal desarrollo de la investigación.

La Fiscalía de Estado, en carácter de querellante, adhirió íntegramente a la formulación de cargos y al planteo de causa compleja.

El abogado Santiago Calderón Salomón sostuvo que lo investigado no es simplemente un incremento patrimonial, sino la eventual ausencia de justificación adecuada del patrimonio en relación con los ingresos declarados, en el marco del deber especial de rendición de cuentas exigible a quienes ejercen funciones públicas.

La querella afirmó que la investigación recién comienza y que aún deben profundizarse líneas vinculadas con terceros relacionados, sociedades, comercios, vehículos, bienes no registrados y otras estructuras patrimoniales indirectas.

En materia cautelar, acompañó los pedidos de Fiscalía e incluso requirió prisión preventiva —o subsidiariamente prisión domiciliaria—, argumentando que las restantes medidas resultarían insuficientes frente al eventual riesgo de entorpecimiento procesal.

La defensa de Anzulovich rechazó de manera integral la formulación de cargos, cuestionó severamente la pericia contable oficial y sostuvo que el análisis patrimonial sobre el que se apoya la acusación contiene errores metodológicos, inconsistencias técnicas y conclusiones equivocadas.

Los defensores remarcaron que la diferencia patrimonial atribuida por la pericia rondaría aproximadamente los nueve millones de pesos, monto que consideraron insuficiente para configurar un incremento patrimonial “apreciable” en los términos del artículo 268 del Código Penal.

Asimismo, rechazaron todas las medidas cautelares solicitadas por Fiscalía y querella, invocando falta de proporcionalidad, inexistencia de peligro de fuga y ausencia de riesgo concreto de entorpecimiento.

Sostuvieron además que el imputado es objeto de un “hostigamiento desmesurado” y una “estigmatización”, cuestionando que el ejercicio de recursos, planteos procesales y exigencias vinculadas al debido proceso hayan sido interpretados como maniobras dilatorias o conductas obstructivas.

Los defensores afirmaron que todas sus intervenciones procesales se limitaron al ejercicio legítimo del derecho de defensa y rechazaron cualquier insinuación respecto de una supuesta voluntad de evitar la audiencia o frustrar la investigación.

La decisión del juez
Al resolver, el juez Marcos Flores Leyes consideró que la audiencia de formulación de cargos posee naturaleza preliminar y que los cuestionamientos defensivos vinculados a la prueba y al monto investigado no resultaban suficientes, en esta etapa, para impedir el avance del proceso.

En consecuencia, tuvo por formulados cargos contra Anzulovich y declaró la investigación como causa compleja, habilitando un plazo ampliado de investigación.

En materia cautelar, el magistrado rechazó la prisión preventiva y la prisión domiciliaria subsidiaria solicitadas por la querella, al entender que no se acreditaron riesgos procesales suficientes para justificar la medida más gravosa del sistema.

No obstante, hizo lugar a medidas de menor intensidad: dispuso firma periódica ante Fiscalía entre los días 1 y 10 de cada mes por seis meses, prohibición de salida del territorio provincial por igual plazo e inhibición general de bienes.

En cambio, rechazó la suspensión preventiva de las funciones judiciales del imputado, al considerar que no se acreditó, al menos por el momento, un riesgo concreto de entorpecimiento derivado de su actividad laboral. También ponderó que una medida de esa naturaleza podría afectar derechos laborales y alimentarios, además de involucrar competencias propias del Superior Tribunal de Justicia.

Fuente: Prensa Poder Judicial