El Juzgado de Garantía Nº 3 dispuso la elevación a juicio de una causa seguida contra los médicos Carlos Alberto Merelli, Roberto Antonio Carió y Marcelo Fabián Velázquez, acusados por el delito de homicidio culposo por la muerte de Yulie Viviana Huamán Rivera, ocurrida en noviembre de 2014. La Fiscalía solicitó para cada uno una pena de dos años de prisión e inhabilitación especial por seis años para ejercer la medicina.


La audiencia fue presidida por el Juez de Garantía Nº 3, Marcos Flores Leyes. Participaron la Fiscal de Instrucción en lo Penal Nº 5, Débora Roy Gitto; el abogado querellante Ramón Chávez; Ramón Estrada, defensor de Carlos Alberto Merelli y Roberto Antonio Carpio; José Samper, defensor de Marcelo Fabián Velázquez; y Sebastián Aravena, defensor de Sergio Ferreyra.

Antes de iniciar el control de acusación, el juez declaró extinguida la acción penal respecto de Sergio Ferreyra, luego de que las partes informaran el cumplimiento del acuerdo de reparación integral celebrado con la querella. En consecuencia, se dictó su sobreseimiento definitivo.

Al comenzar su exposición, Roy Gitto precisó que la causa fue investigada bajo el anterior sistema procesal penal de San Luis, por lo que la acusación responde al procedimiento que regía entonces. Explicó que la Fiscalía a su cargo revisó esa acusación y efectuó el ofrecimiento de prueba antes de solicitar la elevación a juicio.

Según la acusación, Huamán Rivera ingresó el 30 de octubre de 2014 a la Clínica Italia para ser intervenida quirúrgicamente tras ser diagnosticada con una colecistitis aguda y litiasis vesicular. Luego de la operación recibió el alta médica, pero pocos días después debió ser nuevamente internada debido al agravamiento de su estado de salud.

La investigación sostiene que, durante la segunda internación, la paciente permaneció varios días bajo atención médica sin que se lograra establecer un diagnóstico certero sobre la causa de su cuadro clínico. Ante la falta de evolución favorable y el agravamiento de su estado, fue trasladada el 13 de noviembre de 2014 al Sanatorio Franchín, en la Ciudad de Buenos Aires, donde falleció al día siguiente, minutos después de arribar a la clínica. Una junta médica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación concluyó que la causa probable de muerte fue una tuberculosis diseminada con neumopatía bilateral.

La Fiscalía atribuyó a Carlos Alberto Merelli, Roberto Antonio Carpio y Marcelo Fabián Velázquez responsabilidad penal por el delito de homicidio culposo y solicitó que, al momento de dictarse sentencia, cada uno sea condenado a dos años de prisión e inhabilitación especial por seis años para ejercer la medicina.

Durante la audiencia, la querella adhirió íntegramente a la acusación fiscal y a la prueba ofrecida. Por su parte, las defensas cuestionaron distintos aspectos de la imputación. Ramón Estrada sostuvo que la responsabilidad no podía centrarse exclusivamente en tres profesionales cuando, según la historia clínica, intervinieron otros médicos durante la internación. A su vez, José Samper afirmó que Marcelo Velázquez solo asistió a la paciente durante algunas guardias y que no tuvo intervención decisiva en las decisiones médicas adoptadas.

Tras escuchar a las partes, el juez consideró que la acusación reunía los requisitos legales y que los planteos formulados por las defensas debían ser debatidos durante el juicio oral, por lo que admitió la acusación, las pruebas ofrecidas y dispuso la elevación de la causa a juicio.

Ahora, el Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial deberá fijar la fecha del debate oral y determinar el tribunal que intervendrá en el juzgamiento.

Fuente: Prensa Poder Judicial