La defensa del diputado nacional Ernesto “Pipi” Alí recusó con expresión de causa a la jueza de Garantías Nº 4, Luciana Banó, al sostener que todavía no hizo efectivo el levantamiento de las medidas de coerción que pesaban sobre el exfuncionario provincial, pese a que el Tribunal Nº 3 del Colegio de Jueces declaró nula su prórroga y ordenó su cese inmediato el pasado 26 de agosto. El planteo provocó además la suspensión de una audiencia en la que debían volver a discutirse nuevas restricciones solicitadas por la Fiscalía no solo en contra de Alí, sino también de Luciano Anastasi, Claudio Latini, Jeremías Vivas y Mario Canali.


En una entrevista exclusiva con La Gaceta Digital, el abogado defensor Nedo Gómez explicó que la recusación se funda en lo ocurrido después de aquella resolución. Como informó este medio, el Colegio de Jueces hizo lugar a los recursos presentados por las defensas y dejó sin efecto la prórroga por 30 días que Banó había dispuesto sobre las medidas que alcanzaban a los acusados. 

La decisión implicaba el cese inmediato de restricciones como la prohibición de salir de la provincia, la obligación de firmar periódicamente el libro de imputados y la inhibición general de bienes. Sin embargo, Gómez aseguró que comprobaron mediante informes solicitados a los registros correspondientes, donde “no ha sido instrumentado el levantamiento de dichas medidas”.

Como ejemplo, el abogado mostró a este medio un informe del Registro Automotor, del día de hoy, donde todavía figura la inhibición ordenada por la jueza. 

Dos presentaciones y, según la defensa, ninguna respuesta
Gómez relató que la defensa acudió en dos oportunidades al Juzgado de Garantías Nº 4 para reclamar el cumplimiento de la resolución. “El 1º de septiembre presentamos un escrito con habilitación de día y hora, atento a la urgencia del levantamiento, que había sido decretado el 26 de agosto y se notificó el día 27”, explicó. Según indicó, esa presentación no fue proveída y el 3 de septiembre realizaron un nuevo pedido, que tampoco había obtenido respuesta al momento de la entrevista.

Para el abogado, los términos utilizados por el Tribunal Nº 3 no dejaban margen para esa demora. “Lo que corresponde aquí es que, de inmediato, tal y como lo manifestó el Tribunal Nº 3 en el auto interlocutorio, se debió haber realizado el levantamiento de esa medida. Esto causa, por supuesto, un perjuicio a mi defendido”, cuestionó.

La recusación se apoya además en otra circunstancia que la defensa contrapone con la falta de respuesta a sus escritos. Mientras los pedidos para hacer efectivo los ceses de las restricciones todavía no han sido resueltos, “la misma jueza le hizo lugar a un pedido de audiencia para tratar nuevamente las medidas de coerción realizado por el Ministerio Público Fiscal”, señaló Gómez.

Esa audiencia había sido fijada para este lunes, pero no llegó a realizarse. “Por supuesto, fue suspendida de acuerdo al planteo recusatorio realizado por esta parte”, indicó el defensor.

Una discusión que comenzó con la nulidad de la prórroga
El nuevo planteo se produce después de que el Tribunal Nº 3 del Colegio de Jueces cuestionara la actuación de Banó durante la audiencia del 29 de julio. En aquella oportunidad, la magistrada prorrogó durante otros 30 días las medidas de coerción después de consultar a la Fiscalía si solicitaría su continuidad, pese a que la audiencia había sido convocada originalmente para tratar pedidos de sobreseimiento y un planteo de incompetencia.

Al resolver las apelaciones de las defensas, el tribunal consideró que Banó había excedido el rol que corresponde a un juez de garantías dentro del sistema acusatorio. La jueza Laura Molino, cuyo voto fue acompañado por Jorge Sabaini Zapata y Yanina Del Viso, sostuvo que su intervención había suplido una carga procesal que correspondía al Ministerio Público Fiscal y afectado la garantía de imparcialidad. Por esa razón, declaró la nulidad absoluta de la prórroga y dispuso el cese inmediato de las restricciones.

La Fiscalía reaccionó posteriormente con una nueva presentación. Debido a que las cautelares anteriores habían vencido y su prórroga había sido anulada, la fiscal de Instrucción Nº 6, Linda Maluf Martínez, pidió que se analizara nuevamente la procedencia, necesidad, proporcionalidad y duración de medidas de coerción contra los imputados. Esa era la discusión que debía producirse en la audiencia que finalmente quedó suspendida por la recusación.

Ahora, antes de que esa cuestión pueda avanzar, deberá resolverse el planteo contra Banó. “En primer lugar, esperar la resolución del incidente de recusación y luego continuar con el proceso conforme se viene realizando”, resumió Gómez sobre los próximos pasos.