
El gobernador Claudio Poggi envió este jueves a la Legislatura un proyecto de ley que busca promover la refinanciación de deudas en mora de familias sanluiseñas mediante beneficios fiscales para bancos, financieras, fintech y otras entidades crediticias que ofrezcan condiciones más favorables que las disponibles actualmente. La iniciativa establece, entre otros beneficios, planes de al menos 24 meses, un período de gracia mínimo de dos meses y cuotas que no podrán superar el 30% de los ingresos del grupo familiar.
El denominado Programa de Desendeudamiento Familiar estará destinado a personas con domicilio en San Luis que tengan deudas en mora con entidades financieras, Proveedoras No Financieras de Crédito, empresas fintech y otras instituciones registradas y autorizadas por el Banco Central. A diferencia de los lineamientos generales difundidos inicialmente por el Gobierno, el texto enviado a la Legislatura precisa que podrán incorporarse deudas “de cualquier origen, causa o naturaleza”, siempre que correspondan a consumidores finales y tengan una mora superior a tres meses al momento de sancionarse la ley. El monto máximo que podrá refinanciarse será establecido posteriormente en la reglamentación.
Sin embargo, la propuesta no contempla que el Estado provincial otorgue directamente los créditos. El mecanismo consiste en ofrecer exenciones impositivas a las entidades que presenten planes de refinanciación con mejores condiciones para los deudores. “Es instar a los bancos, a entidades financieras, a las empresas habilitadas por el Banco Central, a otorgar créditos que pongan a disposición de los ciudadanos en mora planes de refinanciación, quitas, bajas de tasas de interés, refinanciación a largo plazo en condiciones mucho mejores que las vigentes”, explicó Poggi.
A cambio, el proyecto faculta al Ejecutivo a eximir del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos a las operaciones vinculadas con esos planes. En el caso de Ingresos Brutos, el beneficio tendrá una duración de un año desde la firma de la refinanciación. Para acceder, cada entidad deberá presentar una propuesta ante la autoridad de aplicación y demostrar que ofrece condiciones más favorables que sus propios planes vigentes y que las existentes en el mercado, ya sea mediante tasas menores, mayores plazos, quitas, bonificaciones por cumplimiento u otros beneficios. Incluso podrán consolidarse en una única refinanciación deudas contraídas con diferentes entidades.
Los requisitos que deberán cumplir las refinanciaciones
El proyecto fija una serie de condiciones mínimas que deberán respetar los planes. Además de tener domicilio en San Luis, el deudor deberá acreditar una residencia mínima e ininterrumpida de dos años en la provincia. La refinanciación tendrá que extenderse durante al menos 24 meses y contemplar un período de gracia no inferior a dos meses.
También se establece un límite para los intereses: la tasa nominal anual no podrá superar en más de 10 puntos porcentuales la Tasa Mayorista de Argentina (TAMAR) total de bancos. A su vez, el valor de la cuota tendrá como techo el 30% de los ingresos del grupo familiar y las entidades no podrán cobrar gastos administrativos, comisiones ni honorarios adicionales derivados de la refinanciación.
Otro de los requisitos establece que, una vez formalizado el nuevo plan, la entidad deberá realizar las gestiones necesarias para la pronta actualización de la situación del beneficiario en los registros de deudores morosos. Además, para incorporarse al programa las entidades tendrán que comprometerse a ofrecer capacitaciones gratuitas sobre planificación de las finanzas familiares y prevención del sobreendeudamiento.
El texto, no obstante, otorga al Poder Ejecutivo la facultad de modificar o readecuar los parámetros establecidos para las refinanciaciones en función de la situación socioeconómica y financiera existente al momento de aprobar las propuestas. También podrá modificar la fecha utilizada para determinar la antigüedad de las deudas en mora.
Descuentos y reintegros para incentivar el consumo
El proyecto incorpora además un segundo esquema, denominado Programa de Incentivo al Consumo Familiar. Podrán participar las entidades que previamente hayan adherido al programa de desendeudamiento y que presenten propuestas con promociones destinadas al consumo dentro de San Luis.
Esos planes podrán incluir descuentos, reintegros, vouchers, tarjetas prepagas y otras modalidades de beneficios. El proyecto exige que representen una mejora efectiva respecto de los beneficios promedio ofrecidos por la misma entidad durante el último año y permite al Gobierno direccionar los incentivos hacia determinados sectores de la economía provincial.
Como contrapartida, las entidades podrán recibir un crédito fiscal equivalente al 25% de los beneficios efectivamente otorgados a los consumidores, que será nominativo, intransferible y solamente podrá utilizarse para cancelar obligaciones tributarias provinciales propias. “Vamos a instar a los bancos y entidades crediticias que se hayan adherido o hayan presentado planes de desendeudamiento a poner a disposición promociones, descuentos y reintegros para alentar y estimular el consumo local”, señaló Poggi.
La iniciativa también establece que las entidades beneficiadas deberán identificar de manera “clara, visible e inequívoca” la participación del Gobierno provincial en todas las campañas publicitarias relacionadas con esas promociones. El incumplimiento de esa obligación podrá provocar la pérdida de los beneficios fiscales.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, que tendrá a su cargo la evaluación de las propuestas y la fiscalización de su cumplimiento. En caso de aprobarse, la ley tendrá una vigencia inicial de un año desde su publicación en el Boletín Oficial, aunque el Poder Ejecutivo quedará facultado para prorrogarla por períodos sucesivos de hasta un año.




