El juez de Garantía Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial, Marcos Flores Leyes, tuvo por formulados los cargos contra Julio César Ávila por el delito de homicidio simple y dispuso 120 días de prisión preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial. El hombre es investigado por la muerte de Victoriano Almirón, ocurrida el 27 de septiembre, luego de una agresión en el barrio La República de la ciudad de San Luis.


La resolución se conoció este jueves 8 de octubre, durante la reanudación de la audiencia de formulación de cargos, luego de la prórroga constitucional de ocho días que había solicitado la defensa.

En representación de la Fiscalía de Instrucción en lo Penal Nº 5 intervino la fiscal Débora Roy Gitto. La defensa del imputado estuvo a cargo del defensor adjunto en lo penal Diego González Zunino. También participó el abogado querellante Martín Loayza Fernández, en representación de la hija de la víctima quien estuvo presente en la audiencia.

Según la reconstrucción realizada por la Fiscalía en la audiencia anterior, el hecho ocurrió el 27 de septiembre, alrededor de las 15:10, entre las manzanas 42 y 43 del barrio La República.

Almirón regresaba a su domicilio junto a su pareja cuando habría sido interceptado por Ávila. Luego de un intercambio de palabras, el imputado le habría propinado dos golpes de puño en la cabeza. Como consecuencia de la agresión, la víctima perdió el equilibrio, cayó sobre el asfalto y sufrió lesiones que provocaron su fallecimiento.

El episodio quedó registrado por una cámara de seguridad privada y las imágenes fueron incorporadas a la investigación. De acuerdo con la información presentada por el Ministerio Público Fiscal, el examen forense determinó que la causa de muerte fue una hemorragia subdural.

La defensa cuestionó la calificación de homicidio simple
Durante la audiencia, el defensor Diego González Zunino cuestionó la calificación legal propuesta por la Fiscalía y sostuvo que Ávila no tuvo intención de matar a Almirón.

Para fundamentar su postura, reprodujo las imágenes captadas por la cámara de seguridad y realizó un análisis de la secuencia del enfrentamiento.

Según explicó, se trató de una pelea entre dos personas en la que Ávila habría utilizado únicamente sus puños, sin emplear armas ni otros elementos. También señaló que, después de los golpes, el imputado se retiró del lugar cuando Almirón todavía se encontraba de pie.

La defensa sostuvo que esa conducta posterior permitiría descartar la intención homicida y argumentó que la muerte se produjo como consecuencia del impacto de la cabeza de la víctima contra el pavimento.

En ese sentido, hizo referencia a los resultados de la autopsia y a una entrevista mantenida con la médica forense interviniente. Según su interpretación de esas evidencias, las lesiones externas observadas en el cuerpo de Almirón serían compatibles con la caída sobre el suelo.

A partir de estos argumentos, solicitó que los hechos fueran encuadrados provisoriamente como homicidio preterintencional, al considerar que la conducta habría estado dirigida a provocar una lesión, pero no la muerte. También planteó la posibilidad de que, con el avance de la investigación, pudiera corresponder una calificación vinculada con el delito de lesiones.

En relación con el pedido de prisión preventiva formulado por la Fiscalía, la defensa cuestionó la existencia de riesgos procesales que justificaran mantener detenido a Ávila.

Respecto del peligro de fuga, sostuvo que el imputado no fue localizado durante los allanamientos porque algunos procedimientos se realizaron en domicilios donde ya no residía. También afirmó que su vivienda del barrio La República había sido incendiada, circunstancia que, según argumentó, explicaría que no permaneciera en ese lugar.

En cuanto al riesgo de entorpecimiento, cuestionó las amenazas mencionadas por la Fiscalía y señaló que el hecho investigado quedó registrado por una cámara de seguridad.

El defensor también manifestó que Ávila no registra antecedentes condenatorios ni otras formulaciones de cargos.

Por estos motivos, solicitó su libertad y ofreció que fijara domicilio en la vivienda de una hermana, ubicada en la localidad de Balde. Para respaldar la propuesta, presentó un informe socioambiental sobre las condiciones del inmueble y la disposición del grupo familiar para recibirlo.

Además, propuso que, en caso de considerarse necesario, se impusieran restricciones de circulación, como la prohibición de ingresar a la ciudad de San Luis o al barrio La República. En el caso de que no se ordenara su libertad, solicitó que se dispusiera prisión domiciliaria en esa misma vivienda.

La querella acompañó el pedido de la fiscalía
El abogado querellante Martín Loayza Fernández manifestó su adhesión a la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal y al pedido de 120 días de prisión preventiva.

Durante la audiencia también fue escuchada la hija de Victoriano Almirón, quien pidió justicia por la muerte de su padre.

La mujer relató que, antes del hecho, Almirón había permanecido en su vivienda por temor a que le sucediera algo y que posteriormente regresó a su domicilio porque estaba preocupado por su pareja.

El juez mantuvo la calificación legal de homicidio simple
Al resolver, el juez Marcos Flores Leyes analizó los planteos de las partes y señaló que la principal diferencia entre la Fiscalía y la defensa se relaciona con la intención que habría tenido Ávila al momento de agredir a Almirón.

El magistrado consideró que, en esta etapa inicial del proceso, resultaba prematuro modificar la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal.

Explicó que la investigación penal preparatoria permitirá incorporar nuevas evidencias y profundizar el análisis sobre las circunstancias del hecho y la responsabilidad penal atribuida al imputado.

Asimismo, sostuvo que la formulación de cargos presentada por la Fiscalía reunía los requisitos legales y que la discusión planteada por la defensa sobre la calificación jurídica podrá ser examinada en etapas posteriores del proceso.

En consecuencia, tuvo por formulados los cargos contra Julio César Ávila por el delito de homicidio simple, en carácter de autor material, y dejó a salvo los planteos efectuados por la defensa.

En relación con la medida de coerción, el juez tuvo en cuenta que la Fiscalía había solicitado 120 días de prisión preventiva y que la querella había acompañado ese pedido.

El magistrado consideró las características violentas del hecho investigado, que culminó con la muerte de Almirón, y las circunstancias vinculadas con el conocimiento previo entre las personas involucradas.

También valoró los argumentos expuestos por el Ministerio Público Fiscal respecto del peligro de entorpecimiento de la investigación y los riesgos para las víctimas.

Sobre esa base, entendió que la prisión preventiva solicitada resultaba proporcional a las circunstancias del caso y resolvió hacer lugar al pedido fiscal.

De esta manera, dispuso que Ávila permanezca alojado en el Servicio Penitenciario Provincial durante 120 días, sin hacer lugar a las alternativas de libertad o prisión domiciliaria propuestas por la defensa.

Finalmente, el juez explicó al imputado que la medida de coerción podrá ser revisada durante el proceso y que, una vez cumplido el plazo establecido, deberá recuperar la libertad si no existe una prórroga judicial debidamente dispuesta.

Fuente: Prensa Poder Judicial