La CĆ”mara Penal N° 1 Residual de la ciudad de San Luis comenzó a juzgar este miĆ©rcoles a un hombre por abuso sexual, privación ilegĆtima de la libertad y lesiones, en perjuicio de su ex pareja con quien mantenĆa una relación de convivencia desde hacĆa mĆ”s de veinte aƱos. Por estos supuestos hechos, denunciados por la vĆctima en octubre de 2020, el imputado enfrenta un pedido de condena de 23 aƱos de prisión.
Los delitos que se le imputan son: privación ilegĆtima de la libertad agravada, abuso sexual con acceso carnal agravado por el daƱo causado y lesiones leves calificadas por el vĆnculo y por mediar violencia de gĆ©nero, todo en concurso real (tres hechos). Durante la primera jornada del juicio, el imputado, que estĆ” en prisión preventiva, se abstuvo de declarar.
El debate se lleva adelante en la Sala N° 1 del edificio de Tribunales y se extenderĆ” a lo largo de tres audiencias hasta el próximo viernes. El tribunal a cargo del proceso estĆ” integrado por Jose Luis Flores, en su carĆ”cter de presidente, y las vocalĆas de Jorge Sabaini Zapata y MarĆa Eugenia Zabala Chacur.
El acusado, representado por el Defensor Oficial Esteban Sala, es un hombre de 49 aƱos que se dedicaba a la reparación de electrodomĆ©sticos y que vivĆa con la denunciante en la localidad puntana de Potrero de Los Funes. La pareja se conoció cuando ella tenĆa 18 aƱos y Ć©l 24. De acuerdo a la acusación fiscal, la vĆctima sufrió violencia de gĆ©nero a lo largo de los 23 aƱos que duró la relación.
āLa violencia en el interior del seno familiar era de tal magnitud que no solo le quedó una deformidad en una de orejas, sino que tambiĆ©n su hija fue vĆctima de esos ataques y por ello escapó de su viviendaā, dice un fragmento de la acusación del fiscal Esteban Roche.
La mujer denunció, ademĆ”s, que era tal el sometimiento que presuntamente vivĆa, que dejaba que el acusado tuviera relaciones con otras personas porque de esa forma la trataba mejor. TambiĆ©n recalcó que el miedo que tenĆa de su pareja era tan grande que se comunicaba con sus familiares directos a escondidas o utilizaba distintas cuentas de correo electrónico. Por este motivo, los hermanos de la mujer la ayudaron con un alquiler para que se mudara a la ciudad de San Luis con sus hijos, pero en noviembre de 2019 la pareja se reconcilia y la vĆctima regresa a Potrero.
SegĆŗn la acusación fiscal, las presuntas conductas atribuidas al imputado, āconsistieron en primer tĆ©rmino en abusos sistemĆ”ticos de su pareja, forzĆ”ndola a mantener relaciones sexuales cuando ella no querĆaā, o incluso accediendo la vĆctima a dicha demanda por miedo a lo que le pudiere ocurrir a sus hijos.
āQue el Ćŗltimo episodio de abuso, en el cual el imputado causó un grave daƱo no solo a nivel psĆquico sino a nivel fĆsico de la damnificada (mĆ”s de 30 dĆas de inhabilitación laboral), ocurrió dentro de los cinco dĆas previos a la denuncia de fecha 20/10/2020 (Hecho Uno)ā, dijo Sala.
Como segundo hecho de acusación, el Ministerio Publico Fiscal ātiene por probado que dentro de los cinco dĆas previos aproximadamente a la denuncia (octubre de 2021), el imputado arremetió contra la humanidad de su pareja, causĆ”ndole hematomas en distintas partes del cuerpo, todo lo cual le generaren lesiones de carĆ”cter leve, teniendo como fundamento principal del ataque cuestión relacionadas a celos, ataques ocurridos en el interior del domicilio que habitaban (Hecho Dos)ā.
Por Ćŗltimo, la fiscalĆa dijo en su acusación tener por acreditado que durante el tiempo que convivieron en el domicilio de Potrero de Los Funes donde la pareja convivĆa, el acusado ābajo amenazas, privó de la libertad a su parejaā. SegĆŗn Roche, este hecho se intensificó luego de una reconciliación en 2019 y donde la mujer solo podĆa salir a la calle con autorización del acusado. (Hecho Tres). En la audiencia de este miĆ©rcoles, el tribunal escuchó la declaración que realizó la damnificada durante mĆ”s de una hora, donde ratificó la denuncia que motivó el desarrollo del juicio y cuyas actuaciones se desprenden de una compulsa realizada por el Juzgado de Violencia de la Primera Circunscripción Judicial.