La Dirección del Colegio de Jueces de la ciudad de San Luis informó que el debate oral por el homicidio de Romina Celeste Aguilar fue suspendido “atento a los planteos esgrimidos por la defensa de Diego Lorenzetti, los que se encuentran en trámite sin resolución dictada al día de la fecha”. Las audiencias estaban fijadas para el 20 y 21 de febrero de 2025 a las 8:30 horas con un tribunal integrado por Adriana Lucero Alfonso en la presidencia y las vocalías de María Eugenia Zabala Chacur y Gustavo Parrillis.
Los abogados defensores, Marcos Rubio y Damián Rubio, recusaron a Lucero Alfonzo y Zabala Chacur porque entienden que antes de sus actuales cargos, ambas juezas se desempeñaron como secretarias de primera instancia en el Juzgado de Instrucción N° 3, que llevó adelante la investigación del homicidio de Romina Aguilar en 2016 y que, durante ese proceso, “participaron en la recolección de pruebas, indagatorias y medidas de coerción, y sentaron las bases de la acusación en contra de nuestro asistido Diego Lorenzetti”.
El expediente volverá a la Dirección de la Oficina del Colegio de Jueces “para que se fije una nueva fecha en las posibilidades de agenda”, según el proveído emitido este miércoles.
La causa tiene tres imputados: Lorenzetti, que era pareja de la víctima; Edivaldo de Oliveira Pereira y Cristian Leandro Vílchez. El hecho que se investiga ocurrió el 30 de enero de 2016 a las 6:30 horas cuando Aguilar salía de su casa ubicada en la Manzana 78 del Barrio Faecap, en la capital puntana, para ir a cursar sus estudios secundarios del Plan de Inclusión Educativa en La Calera.
En el primer juicio, realizado entre diciembre de 2019 y julio de 2020, la entonces Cámara Penal y Correccional N° 1 declaró a Pereira y a Vílchez como culpables de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en calidad de co-autores materiales y les impuso una pena de 22 años de prisión.
Lorenzetti, en cambio, fue absuelto por el beneficio de la duda. El veredicto fue recurrido con Recurso de Casación por las defensas de los condenados y por el Ministerio Publico Fiscal, lo que motivó el fallo del Superior Tribunal de Justicia emitido el 12 de octubre de 2021 donde resolvió anular la sentencia de la Cámara y dispuso la realización de un nuevo debate oral.
Fuente: Prensa Poder Judicial