La agrupación interna Identidad Radical presentó una acción de amparo ante la Justicia para que se declare la incompatibilidad de Juan Álvarez Pinto para seguir ejerciendo como presidente del Comité Ejecutivo Provincial de la Unión Cívica Radical de San Luis y se suspenda de manera inmediata el cronograma electoral interno dispuesto por las actuales autoridades partidarias.


La demanda fue impulsada por el dirigente radical José Luis Riccardo, quien sostiene que Álvarez Pinto se encuentra alcanzado por una incompatibilidad prevista en la Carta Orgánica partidaria y que su continuidad al frente del radicalismo provincial constituye una “irregularidad institucional” que afecta la legalidad de todo el Comité Ejecutivo.

En la presentación judicial se pidió que se declare “la incompatibilidad del Sr. Juan José Álvarez Pinto para integrar y ejercer funciones dentro del Comité Ejecutivo Provincial de la UCR”, además de la “nulidad absoluta e insanable” de las resoluciones 2/2026, 4/2026 y 5/2026, mediante las cuales se convocó y luego se modificó el proceso de renovación de autoridades partidarias.

El planteo se basa en el artículo 138 de la Carta Orgánica, que establece que quienes desempeñen funciones como gobernador, vicegobernador, intendente y también “los respectivos ministros y secretarios, no podrán ser miembros del Comité Ejecutivo Provincial”.

Según sostiene Riccardo, Álvarez Pinto quedó comprendido en esa incompatibilidad primero como intendente de Villa de Merlo y luego, actualmente, como ministro de Turismo y Cultura del Gobierno provincial.

“Era de esperar que en virtud del art. 138 de la Carta Orgánica renunciara a ser intendente o a ejercer su cargo en el Comité Ejecutivo Provincial del partido. Ello no ocurrió”, señala la demanda. Más adelante agrega que también “era esperable” que, al ser nombrado ministro, “renunciara al cargo ejecutivo de la UCR, antes de asumir. Ello tampoco ocurrió”.

Para Identidad Radical, la situación no sólo afecta al actual presidente partidario, sino también a la validez institucional de todo el órgano. En ese sentido, el escrito sostiene que el Comité Ejecutivo permitió “la integración de su cuerpo y más aún eligiéndolo presidente, en abierta contradicción” con la Carta Orgánica, lo que habría implicado “convalidar un acto nulo” y “comprometer la legitimidad del órgano”.

Además del cuestionamiento sobre la conducción partidaria, el amparo apunta contra las resoluciones mediante las cuales se convocó a elecciones internas.

La resolución 2/2026 fijó inicialmente la renovación de autoridades para el 16 de julio. Luego, la resolución 4/2026 “rectificó” esa convocatoria, pero para llamar a una sesión extraordinaria de la Convención Provincial. Finalmente, la resolución 5/2026 volvió a modificar el esquema y estableció elecciones para el 23 de agosto.

Para los demandantes, las decisiones son “abiertamente contradictorias entre sí”, generan una “incertidumbre extrema” y violan el artículo 38 de la Carta Orgánica, que establece que “las elecciones internas para la renovación de las autoridades partidarias se realizarán en el mes de octubre de todos los años pares”.

“Como surge de la simple lectura de las resoluciones mencionadas, las normas son contradictorias entre sí, carecen de claridad normativa, generan incertidumbre institucional y afectan gravemente el derecho de participación política de los afiliados”, sostiene la presentación.

También se cuestionan los fundamentos utilizados por el Comité Ejecutivo para adelantar el cronograma electoral. En los considerandos de una de las resoluciones se menciona una posible anticipación de elecciones provinciales y una eventual reforma constitucional, argumentos que Riccardo rechaza por estar basados en “especulaciones”.

“Aún no hay convocatoria a elecciones provinciales ordinarias ni a una reforma constitucional”, señala el escrito, que además interpreta que cuando el propio Comité habla de “garantizar la normalización” partidaria estaría reconociendo que actualmente “no están normalizadas” sus autoridades.

Junto con el amparo, Identidad Radical solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente “el cronograma electoral, la convocatoria interna, la oficialización de listas y todo acto derivado” de las resoluciones cuestionadas hasta que exista una sentencia definitiva.

Según explicó Riccardo, el avance del proceso podría consolidar situaciones de “imposible o muy dificultosa reparación ulterior” y volver “ilusoria cualquier tutela judicial posterior”.

En el escrito también afirmó haber agotado previamente las instancias partidarias. Señaló que envió cartas documento tanto a Álvarez Pinto como a la Convención Provincial solicitando la regularización institucional, pero recibió respuestas rechazando sus planteos.

Ahora será la Justicia la que deberá resolver si hace lugar al pedido de suspensión del proceso electoral interno y si corresponde avanzar sobre el planteo de fondo presentado por Identidad Radical.