
La jueza de Garantía Nº 2, Agustina Dopazo Samper, tuvo por formulados cargos contra el médico psiquiatra Franco Mastronardi (exmédico psiquiatra forense del Poder Judicial) y Noelia Fernández (exagente estatal), en el marco de una investigación iniciada a partir de certificados médicos otorgados a agentes de la Administración Pública provincial. En esta instancia, la imputación se sustentó en el caso de una licencia concedida a Fernández, quien viajó a España durante ese período.
La fiscal adjunta de la Fiscalía de Instrucción en lo Penal Nº 4, Antonella Romagnoli, formuló cargos contra Mastronardi por los delitos de falsedad ideológica de certificado médico, incumplimiento de los deberes de funcionario público y fraude en perjuicio de la Administración Pública en grado de tentativa. A Fernández le atribuyó, en carácter de coautora, el delito de fraude en perjuicio de la Administración Pública en grado de tentativa.
Durante la audiencia, la Fiscalía explicó que Mastronardi ingresó al Poder Judicial de San Luis en marzo de 2012 y se desempeñó como médico psiquiatra del Departamento de Ciencias Médicas de la Oficina del Cuerpo Profesional Forense de la Primera Circunscripción Judicial hasta su cesantía, dispuesta en 2025. Según sostuvo el Ministerio Público Fiscal, por el cargo que ocupaba se encontraba alcanzado por una incompatibilidad para ejercer privadamente la profesión.
La investigación fiscal comprende 97 certificados médicos emitidos entre enero de 2024 y marzo de 2025 a favor de 31 agentes públicos, que habrían permitido justificar un total de 2.989 días de inasistencia por razones de salud.
De acuerdo a Romagnoli, las certificaciones presentaban diagnósticos psiquiátricos idénticos o similares, entre ellos trastornos de ansiedad, episodios depresivos y trastornos de adaptación, además de períodos de licencia que la Fiscalía consideró inusualmente extensos.
Sin embargo, al momento de resolver, la jueza aclaró que, para tener por formulados los cargos en esta instancia, no valoró la totalidad de esos 97 certificados ni los casos correspondientes a los 31 agentes, sino específicamente los hechos vinculados con Fernández.
Según el relato de la Fiscalía, el 23 de agosto de 2024 Mastronardi emitió un certificado a favor de Fernández, quien entonces se desempeñaba como operadora de monitoreo del Ministerio de Ciencia y Tecnología de la Provincia. En ese documento se indicó una licencia laboral ambulatoria por 30 días.
Posteriormente, el 29 de agosto, el médico extendió otro certificado en el que consignó que la paciente atravesaba un cuadro clínico neurótico con trastorno de pánico y agorafobia —descripta como temor a salir del hogar con crisis de pánico— y solicitó que, en caso de realizarse una Junta Médica, la evaluación fuera de manera virtual.
El 25 de agosto, dos días después del primer certificado y durante el período de licencia, Fernández salió del país desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza en un vuelo con destino a España, donde permaneció durante ese período.
Durante la licencia, el sistema de control de ausentismo de la Provincia (Se.M.A.) la convocó a una Junta Médica. La primera evaluación se realizó de manera virtual y justificó el período solicitado. Luego, según explicó la Fiscalía, compañeros de trabajo advirtieron a través de publicaciones en redes sociales que Fernández se encontraba en España y esa situación llegó a conocimiento del organismo.
A partir de ello, fue citada nuevamente a una evaluación, esta vez presencial. Fernández volvió a solicitar la modalidad virtual, pero el pedido fue rechazado y no se presentó. Como consecuencia, el certificado fue declarado inválido y posteriormente fue intimada a regresar a su lugar de trabajo.
Entre las evidencias mencionadas por la Fiscalía se encuentran la denuncia de Fiscalía de Estado, los certificados médicos, informes de Recursos Humanos del Poder Judicial, del Ministerio de Salud, de la obra social provincial, del sistema de control de ausentismo, de la Dirección de Ingresos Públicos y de Migraciones, además de documentación vinculada con los expedientes administrativos.
Romagnoli señaló, además, que la investigación se encuentra en una etapa inicial y que resta producir evidencia. Entre las medidas pendientes mencionó una pericia caligráfica y de firmas sobre certificados secuestrados, entrevistas a profesionales vinculados con las Juntas Médicas y al profesional que habría derivado a Fernández con Mastronardi, además de informes solicitados a distintos organismos.
El abogado de Fiscalía de Estado, Maximiliano Trusendi, adhirió a los hechos, la calificación legal, las evidencias y las medidas de coerción solicitadas por el Ministerio Público Fiscal. Sostuvo que, en esta etapa provisoria, existían elementos suficientes para avanzar con la investigación.
Fernández participó de la audiencia de manera remota desde España, donde reside actualmente, y estuvo representada por el abogado Adriel Cabello. Luego de consultar con su defensa, decidió abstenerse de declarar.
Cabello se opuso a la formulación de cargos. Señaló que su defendida había sido intimada el 18 de septiembre de 2024 a presentarse a trabajar debido a que registraba faltas injustificadas y sostuvo que su relación laboral cesó el 23 de septiembre de ese año. También afirmó que las inasistencias fueron descontadas de la liquidación final de Fernández y, sobre esa base, cuestionó que hubiera existido un perjuicio económico para el Estado o un beneficio para su asistida.
Mastronardi, quien también se abstuvo de declarar, fue representado por los abogados Gabriel Varela y Hugo Scarzo. La defensa cuestionó la formulación de cargos y sostuvo que no podía equipararse una discrepancia de criterio médico con la falsedad de un certificado.
Argumentó que el profesional certificó el cuadro que presentaba la paciente al momento de la consulta y que lo que ella hiciera posteriormente no se encontraba bajo su control. También planteó que cada certificado debía ser analizado individualmente y que la falsedad de los diagnósticos debía determinarse mediante las correspondientes pericias.
La defensa también cuestionó la imputación por incumplimiento de los deberes de funcionario público e invocó una modificación de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia que, según su planteo, actualmente permite el ejercicio particular de la profesión a médicos del Poder Judicial. Por ello, solicitó la aplicación de la ley penal más benigna y que no se formularan cargos en esta instancia.
Al resolver, Dopazo Samper consideró que la investigación se encuentra en una etapa inicial y que las controversias planteadas por las defensas deberán ser esclarecidas con la producción de pruebas. En particular, señaló que determinar si el contenido de un certificado psiquiátrico es verdadero o falso requiere conocimientos específicos y deberá establecerse mediante las pericias correspondientes.
En ese marco, la magistrada tuvo por formulados los cargos contra Fernández por fraude en perjuicio de la Administración Pública en grado de tentativa y contra Mastronardi por falsedad ideológica de certificado médico, incumplimiento de los deberes de funcionario público y fraude en perjuicio de la Administración Pública en grado de tentativa.
Como medidas de coerción, y conforme a lo solicitado por la Fiscalía y Fiscalía de Estado, dispuso que Fernández envíe un correo electrónico a la Fiscalía entre los días 1 y 10 de cada mes, durante cuatro meses, para mantenerse a derecho.
Para Mastronardi ordenó la firma del libro de imputados, también entre los días 1 y 10 de cada mes y por el término de cuatro meses.
La jueza rechazó la caución real —una garantía económica destinada a asegurar que la persona imputada permanezca sometida al proceso— solicitada para ambos y tampoco hizo lugar a la prohibición de salida de la provincia requerida respecto del médico, al considerar que ambos imputados se encontraban a derecho y que, en esta instancia, no se advertían circunstancias que justificaran medidas de coerción más gravosas.




