Los detalles del proyecto aprobado en Diputados. La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la Beca al Mérito Bandera Argentina destinada a los tres mejores promedios de cada establecimiento educativo del último año de secundaria  a los cuales se les pagarán $2000 mensuales en caso de que opten por el beneficio. La iniciativa tiene como objetivo solventar los gastos de estudios universitarios o terciarios, ya sea en la Provincia, en otra o fuera del país.

Con la aprobación de Diputados, el proyecto fue remitido a Senadores.

Como se señaló anteriormente, la beca será de $2000 al mes para el año que viene, monto que será actualizable. La beca será otorgada durante toda la carrera superior del estudiante inclusive seis meses de finalizado el cursado de la misma.

Además del promedio, es requisito fundamental para ser becario es poseer como mínimo dos años de antigüedad en el sistema educativo provincial.

Con respecto del Proyecto Plan Educativo 20/30, se considerarán los 100 mejores promedios provinciales totales a distribuir según las diferentes etapas del mismo:

1ª etapa de 2 ½ años: cuarenta (40) becarios
2ª etapa de 1 ½ años: cuarenta (40) becarios
3ª etapa de 6 meses: veinte (20) becarios

Para ser beneficiario de la beca, el estudiante deberá formalizar por ante escribano público el compromiso ético de ejercer sus servicios profesionales en la provincia, en cualquiera de sus formas, (docencia, ejercicio de la profesión, investigación y demás), sin distinción en el sector estatal o privado por el mismo tiempo de duración de la Beca. En caso que el profesional continúe con estudios de posgrado o especialización fuera de la Provincia, el cumplimiento del compromiso se difiere hasta la finalización de los referidos estudios. Una vez cumplido dicho plazo, el profesional quedará liberado de tal obligación.

En caso de incumplimiento de las obligaciones precedentes, el profesional deberá reintegrar el valor equivalente y actualizado de la beca o su proporción temporal. Dicho importe de reintegro será destinado al fondo de la beca.

El estudiante deberá informar la promoción y el avance semestral de su trayectoria académica, a fin de garantizar el regular desarrollo de la misma, siguiendo los parámetros que fije la reglamentación.

Se le dará de baja a la beca por:

-Desempeño académico insuficiente según los criterios de la reglamentación.
-Atraso o abandono injustificado de las actividades académicas.
-Cambio de carrera o institución dentro del primer año de vigencia de la beca, sin la autorización previa de la Autoridad de Aplicación.
-La expulsión definitiva y firme del becario de la institución académica en la cual cursa los estudios.
-No cumplir con el informe de avance semestral.
-El suministro de datos falsos o la alteración de documentos relacionados con el otorgamiento de la beca.
-La voluntad expresa del becario.