El juez de Garantía Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial, Marcos Flores Leyes, resolvió suspender la audiencia de formulación de cargos prevista contra Nicolás Vicente Anzulovich y remitir las actuaciones al procurador general de la Provincia para que resuelva la recusación planteada contra el fiscal de instrucción en lo Penal Nº 1, Francisco Assat.
La audiencia se desarrolló este miércoles y, antes de tratar la imputación, la defensa del ex funcionario presentó un planteo de nulidad vinculado al trámite de recusación promovido contra Assat. El abogado defensor, Cristóbal Ibáñez, sostuvo que existían irregularidades en el procedimiento seguido dentro del Ministerio Público Fiscal y cuestionó la intervención de la Fiscal de Juicio Nº 1, Virginia Palacios.
La recusación había sido presentada por la defensa al considerar que existían dudas sobre la objetividad de Assat a raíz de declaraciones periodísticas realizadas en medios de comunicación sobre la causa.
Durante la audiencia, Ibáñez sostuvo que existieron irregularidades en el trámite interno de la recusación presentada contra Assat. Explicó que, luego de que el expediente fuera remitido a la Fiscalía de Juicio Nº 1, la fiscal Virginia Palacios primero se excusó de intervenir por considerar que mantenía una relación de amistad con Anzulovich. Posteriormente, el trámite pasó a la Fiscalía de Juicio Nº 2, pero horas más tarde regresó nuevamente a la Fiscalía de Juicio Nº 1, donde Palacios dejó sin efecto su apartamiento al señalar que había existido un “error material involuntario” vinculado a la incorporación de un borrador correspondiente a otra causa. Finalmente, emitió un dictamen rechazando la recusación presentada contra Assat.
A criterio de Ibáñez, la existencia de dos dictámenes contradictorios comprometía la regularidad del procedimiento y afectaba garantías constitucionales vinculadas al debido proceso y la defensa en juicio. Según afirmó, no existió una explicación suficiente sobre el error invocado ni constancias formales que justificaran el regreso del expediente a la fiscal que previamente se había excusado. Por ese motivo, solicitó la nulidad del dictamen y pidió que la audiencia de formulación de cargos fuera suspendida hasta que la recusación quedara resuelta de manera definitiva.
En representación del Ministerio Público Fiscal, Assat (acompañado por el Fiscal Adjunto Juan Pablo Estopiñán) solicitó el rechazo del planteo realizado por la defensa y pidió que la audiencia de formulación de cargos continuara.
El fiscal señaló que las recusaciones contra integrantes del Ministerio Público Fiscal deben resolverse dentro del propio organismo, conforme lo establece el artículo 65 del Código Procesal Penal. En ese sentido, sostuvo que el juez de Garantía no es competente para expedirse sobre la validez o no del dictamen emitido por la Fiscal de Juicio.
Respecto de la actuación de Palacios, Assat afirmó que la fiscal corrigió un error material antes de que se emitiera una resolución definitiva sobre la recusación y consideró que no existió afectación alguna al debido proceso. Además, sostuvo que la defensa pretendía imponer un “ritualismo formal” incompatible con el sistema acusatorio vigente.
En la audiencia también intervino el Fiscal de Estado Coadjutor Rafael Berruezo, acompañado por el abogado Juan Ignacio Trusendi, quienes adhirieron al pedido de rechazo de la nulidad.
Berruezo sostuvo que la defensa no logró demostrar un perjuicio concreto ni una afectación real al derecho de defensa. También consideró que, si existían objeciones respecto de la imparcialidad de la fiscal Palacios, la defensa debió recusarla oportunamente y no plantear posteriormente una nulidad.
Además, cuestionó uno de los fundamentos utilizados para recusar a Assat y afirmó que la defensa consignó una fecha incorrecta respecto de una entrevista periodística brindada por el fiscal. Según expresó, esa diferencia temporal tenía relevancia para determinar si la recusación había sido presentada dentro del plazo legal.
Tras escuchar a las partes, el juez Flores Leyes resolvió suspender la audiencia y remitir las actuaciones al Procurador General de la provincia, máxima autoridad del Ministerio Público Fiscal.
Al fundamentar su decisión, el magistrado señaló que, si bien el fiscal de Instrucción había cumplido con el trámite previsto por el Código Procesal Penal, los dictámenes contradictorios emitidos por la Fiscal de Juicio generaban incertidumbre sobre la validez de la resolución adoptada respecto de la recusación. “Claramente los dictámenes contradictorios de la Fiscal de Juicio conllevan a la falta de afirmación de la acción del Fiscal de Instrucción”, expresó durante la audiencia.
Flores Leyes aclaró además que el juzgado no es competente para resolver recusaciones vinculadas al Ministerio Público Fiscal, ya que ese control corresponde al propio organismo. No obstante, consideró que la falta de una definición clara sobre la recusación de Assat impedía avanzar con la formulación de cargos.
En consecuencia, dispuso remitir el expediente al Procurador General de la provincia para que determine si corresponde confirmar o no la recusación presentada contra Assat y para que se ordene el trámite interno del proceso, a fin de evitar futuras nulidades.
La formulación de cargos suspendida estaba prevista en el marco de una investigación por el presunto delito de enriquecimiento ilícito contra Anzulovich, vinculada al período en que ocupó cargos públicos en el gobierno provincial hasta el año 2023.
Fuente: Prensa Poder Judicial


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