Además, conozca las fechas para pagar y los descuentos a los que podrá acceder.

Desde la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales se informó que se incorporarán al impuesto 2012 las construcciones no declaradas. Además indicaron que se está procediendo a la liquidación del impuesto inmobiliario 2012.

El director provincial de Catastro y Tierras Fiscales, Fernando Nasissi, explicó, en conferencia de prensa, que se ha terminado con la restitución de la fotonométrica de las áreas urbanas de la Provincia, “detectándose un gran número de propiedades con construcciones nuevas”.

“De las 118 mil propiedades urbanas que tiene la Provincia alrededor de 60 mil son las que tienen diferencias de superficie con lo declarado y existente, por lo que se ha tomado la decisión respecto de esas ampliaciones incorporarlas en el impuesto de 2012 y como corresponde informar a renta”, comentó Nasissi.

El funcionario explicó también que la restitución de la fotonométrica se ha realizado por fotografías aéreas, mediante las cuales se miden las construcciones existentes y se determinan las diferencias con lo declarado.

Por su parte, Cecilia Badaloni indicó que se está procediendo a la liquidación del impuesto inmobiliario de 2012. “A partir de los primeros días de febrero, accediendo a la página web www.rentas.sanluis.gov.ar, con el numero de padrón ya se pueden imprimir las boletas para cancelación del impuesto u observar la liquidación del impuesto del año. El vencimiento es el 5 de marzo y se mantienen los beneficios al contribuyente y el 10% de descuento en el pago contado en una sola cuota”, indicó la funcionaria, añadiendo que también se puede optar por pagar en 5 cuotas.

“Aquellas construcciones detectadas y no declaradas en la dirección provincial de catastro, se van a considerar en la valuación del inmueble, a los efectos de la determinación de la base imponible en el impuesto inmobiliario, por lo que se verá incrementado en base a la mejora no declarada”, agregó Badaloni.

Acerca de esta situación, la funcionaria señaló que el contribuyente tiene la posibilidad de acercarse a la Dirección Provincial de Catastro y hacer una presentación. “Si no está de acuerdo en cuanto a la declaración de la mejora, la no declaración implica una omisión por parte del contribuyente y esto una multa que se liquida por separado al impuesto y se notifica al contribuyente a través de un sumario respectivo”, puntualizó.

Al finalizar, Badaloni explicó que la alícuota del impuesto no varía, salvo por la “la incorporación del valor del bien, lo que está determinado por la categoría que se le asigne a la construcción por aquellos metros de más no declarados”.