El Juzgado de Instrucción Nº 2 ordenó la cuarentena del médico traumatólogo Marín Foncueva, quien fue denunciado por el Gobierno por no realizar el autoaislamiento cuando volvió a San Luis proveniente supuestamente de Chile.

Además, el Juzgado ordenó el envío de oficios a la Dirección de Migraciones y al Sanatorio donde el profesional trabaja, y se solicitó una nómina de las personas que pudieran haber estado en contacto con el profesional.

“La denuncia la canaliza el Ministerio de Justicia, Seguridad, Gobierno y Culto, donde da a conocer que había tomado conocimiento que un profesional de la salud habría llevado actos propios de su profesión posterior a su ingreso al país”, explicó el juez interviniente Juan Manuel Montiveros Chada.

Y agregó: “Como toda denuncia hay materia por investigar. Lo que se ha dictado ayer solamente ha sido una medida cautelar preventiva, esto quiere decir que, ante la denuncia, y ante el panorama general que no sólo se limita al escenario local o nacional, sino mundial; se dictó una medida para prevenir y evitar consecuencias futuras. En este caso se ordenó el aislamiento de 14 días”, completó el magistrado.

Lo que se deberá determinar es si realmente el médico viajó, cuándo arribó y si el profesional continuó con su vida personal y laboral normalmente, violando la cuarentena ordenada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260 del Gobierno Nacional, y al que adhirió la Provincia.

Por esto, se enviaron comunicaciones judiciales a la Dirección Nacional de Migraciones y a la clínica privada donde el traumatólogo trabaja, entre otras medidas. “Se pidió un listado de las personas que podrían haber estado en contacto con el denunciado de acuerdo a lo que pudiera tener conocimiento el sanatorio, y además se busca conocer qué actos llevó adelante la clínica cuando tomó conocimiento de esto”.

El artículo 7° de dicho texto estableció la obligatoriedad del aislamiento durante 14 días, plazo que podrá ser modificado por la autoridad de aplicación según la evolución epidemiológica, para quienes -entre otros puntos-, “arriben al país habiendo transitado por ´zonas afectadas´”.

“Hay un delito tipificado en el Código Penal que refiere a la violación de normativas para evitar la propagación de epidemias, en este caso una pandemia. Se podría decir que no se advierten con frecuencia estos presuntos hechos”, informó Montiveros Chada.

El artículo al que hace referencia el juez es el Nº 205 donde establece que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Según surge de la denuncia, Chile fue el país de donde provino el trabajador de la salud. Esta semana, Nación decidió sumar a la lista de países considerados de riesgo al Estado chileno y a Brasil, por lo que a partir de ahora los pasajeros que lleguen de esos destinos vecinos deberán guardar cuarentena como ya lo hacen quienes arriban desde Estados Unidos, Europa, China, Corea del Sur, Japón e Irán.

“Es importante tomar conciencia. Respetar el DNU al que adhirió la provincia es sumamente importante, y por ahí no se ha tomado conciencia. Hay que tomarlo en serio sin entrar en psicosis. Estamos viendo los efectos que ha causado en otros países. En Argentina se han adoptado medidas preventivas rápidas”, concluyó el magistrado.