Días atrás los medios nacionales alertaban sobre un aumento de las denuncias por violencia de género. Y es que desde que se decretó el aislamiento social un sinnúmero de personas se han visto forzadas a convivir con su agresor. Los datos arrojan cifras escalofriantes, hubo un aumento del 39% en las denuncias por violencia de género y 19 femicidios.

Para combatir el silencio que permite que estos casos aumenten, es clave realizar la denuncia y para eso el Poder Judicial emitió hoy un comunicado de prensa explicando cómo los distintos modos de ingreso de una denuncia diponibles. Además, es importante aclarar que las medidas de protección se toman rápidamente.

Los Juzgados de Violencia interviene en los casos en donde se observan diferentes tipos de violencia (física, psicológica, sexual, económica y/o patrimonial, simbólica, según los sujetos y modalidades del caso) que provengan de vínculos familiares convivientes o no convivientes.

Este es un cambio fundamental de la nueva normativa (Ley N° IV-0956-2016) que además de crear estos juzgados definió su competencia incorporando las violencias en sus diferentes manifestaciones, y cambiando el concepto de familia que se define como vínculos que trascienden la convivencia.

Por ese motivo los juzgados de violencia intervienen cuando se observa un vínculo, es decir, se comprende a la familia como una “comunidad de afectos, de contención económica y social”, según expresó la jueza Alejandra Ponce, titular del Juzgado de Violencia de la ciudad de San Luis.

En la provincia, existen dos Juzgados de Violencia, uno con competencia en los departamentos Pueyrredón, Pringles y Belgrano y asiento en San Luis, a cargo de la jueza Ponce Navelino; y otro con competencia en el departamento Pedernera y asiento en Villa Mercedes, a cargo de la jueza Lorena Baez.

El Juzgado de Violencia de San Luis está trabajando en comunicación permanente con las Comisarías. A raíz del aislamiento, y como la policía no tiene la restricción de circulación, se les solicita que ante una denuncia que se recibe en el Juzgado, visiten los domicilios de las personas que se encuentran en una situación de violencia, de modo de contar con información relevante para posteriormente tomar las medidas de protección.

A su vez, si alguien se presenta en una comisaría a formular la denuncia, la jueza toma intervención directa a través de la comunicación telefónica con la persona, y luego de hacer algunas preguntas sobre su situación toma las medidas inmediatamente. “Dispongo las medidas y entre ellas pido la contención de la Secretaría de la Mujer y la aplicación del botón antipánico, entonces que hacen ellos, cierran las medidas con una notificación, o sea que la persona se va con el botón prácticamente colocado; cuando es un caso urgente se avisa inmediatamente por correo o teléfono a la Secretaría donde pido la contención inmediata”, manifestó la jueza Ponce.

En Villa Mercedes, se está trabajando de la misma manera. “En caso de resultar de suma necesidad contar con algún tipo de informe social, o psicológico, personal policial suele efectuar informes a través de sus trabajadores especialistas en dichas áreas”, expresó Natalia Miloni, secretaria del Juzgado de Violencia de Villa Mercedes. En ambas circunscripciones se toman en el mismo acto y de manera verbal en consulta con la Jueza correspondiente.

En estas instancias se tramitan las medidas protectorias hacia las víctimas, que como ya se mencionó se toman de manera urgente y en el momento. Vale recordar que estas medidas son provisorias, ya que su objetivo es la protección inmediata de las víctimas.

Las medidas provisorias pueden ser: exclusiones (que el agresor sea expulsado de la vivienda), restricciones (para que quien agrede no se acerque al hogar o los lugares de trabajo de la víctima), reingresos al hogar (si la mujer tuvo que salir de su vivienda por una situación de violencia, se determinará su vuelta), restricciones habitacionales (determinar quien ocupa cada vivienda en un mismo terreno), alimentos, internaciones en situaciones extremas, traslados para ser evaluados en el Hospital de Salud Mental, intimaciones a los parientes para que se hagan cargo del cuidado de mayores, entre otras.

A su vez, existen otros organismos judiciales facultados para tomar las denuncias como los Juzgados de Paz, los Centros de Mediación y las Oficinas de Recepción de Denuncias.

“Nosotros no tomamos medidas sino que tomamos la denuncia de distintos modos y las elevamos a la Oficina de Recepción de Denuncias de cada Circunscripción Judicial, tenemos hasta 24 hs. para hacerlo con lo cual siempre se recomienda que si hay una situación de riesgo de vida, denuncien en la policía”, manifestó la jueza de Paz Alejandra Laconcha.

La jueza aclaró que, en esa instancia, el actuar es mucho más rápido ya que las comisarías tienen hasta dos horas para elevar la denuncia al juzgado. “Sabemos que en estas circunstancias de violencia hacia la mujer, que son la mayor cantidad de casos que se reciben, no siempre pueden actuar en el momento y cuando llegan a hacer la denuncia llevan mucho tiempo de estar sufriendo violencia, si la situación es crítica y hay riesgo de vida lo recomendable es que la hagan en la policía porque los plazos para elevar la denuncia al fuero violencia son de dos horas según la ley, y el actuar es mucho más rápido”, manifestó la magistrada.

No obstante, existen otras situaciones como violencia simbólica, económica o psicológica que no siempre implican un riesgo de vida. En estos casos, la información preliminar se eleva a la Oficina de Recepción de Denuncias, en donde es evaluado por un equipo de profesionales que tiene hasta 48 horas para enviar esta información al juzgado que corresponda.

¿Cómo ingresar una denuncia de violencia si no puedo ir hasta el Poder Judicial?
No es necesario que la persona se dirija al edificio del Poder Judicial, ya que puede hacer la denuncia a través de diferentes modos.

-Oficina de Recepción de denuncias, ofrece asesoramiento para completar los formularios online. Hay que comunicarse a los siguientes teléfonos o correos: San Luis (2664610513 o denunciassl@justiciasanluis.gov.ar), Villa Mercedes (2664881857 o denunciasvm@justiciasanluis.gov.ar) y Santa Rosa (2665024180 o denunciasco@justiciasanluis.gov.ar)

-A través de la página del Poder Judicial en la pestaña DENUNCIA/CONTACTOS. Allí se encuentran dos tipos de formularios: uno para denunciar maltrato hacia niños, niñas y/o adolescentes, adultos y personas de la tercera edad y otro para denunciar violencia familiar. Luego de completar los datos requeridos, se formará un expediente digital que será enviado al juzgado competente para continuar la tramitación. Las medidas deben tomarse en un plazo no mayor a 24 hs.

– Por denuncia policial en la Comisaría más cercana a tu domicilio. En estos casos, la policía no puede detener a la persona que vaya a hacer la denuncia por trasladarse un día que no tenga permitido según la terminación de su DNI e inclusive, con una comunicación telefónica previa, se puede solicitar asistencia en el traslado hasta la comisaría. La policía tiene un plazo de dos horas para comunicarse con el juzgado de turno una vez realizada la denuncia. La persona que atienda a la persona se comunicará por teléfono con el juzgado y se tomarán medidas inmediatas.

– Juzgado de Paz o Centros de Mediación: Las denuncias se reciben por WhatsApp, llamadas telefónicas o correo institucional. Para hacer la denuncia se necesitan algunos datos como: lapso de duración del hecho, si hay alguna denuncia o medida previa, nombre de la persona agresora, de la víctima y sus domicilios.

Cabe recordar que, en todos los casos, la denuncia la puede realizar uno mismo o un tercero. Muchos de estos casos inician en el Juzgado de Violencia, pero pueden continuar en los juzgados penales, según el tipo de delito.

¿Qué pasa si no me depositaron la cuota alimentaria?
Si los alimentos fueron establecidos en el marco de una causa de Violencia, hay que comunicarse con el juzgado en donde tramita la causa, a través de un abogado o abogada, o por correo electrónico a la Oficina de Recepción de denuncias. En caso de no percibir la cuota, hay que hacer la denuncia.

Si la persona está asesorada por un profesional, puede presentar un escrito al juzgado competente. Caso contrario, la persona deberá hacer la denuncia ante la Oficina de Recepción que lo comunicará a la jueza competente. Desde el Juzgado de Violencia se hará la intimación correspondiente al banco o al requerido, los cuales tendrán cinco días para responder. Si se acredita la falta, se puede correr vista al juez penal por incumplimiento de los deberes asistenciales.