Diego Fernando García fue imputado por un hecho ocurrido en la ciudad de La Punta, donde una adolescente de 17 años fue víctima de exhibiciones obscenas mientras caminaba con su hijo en un cochecito.

Según la reconstrucción realizada en la audiencia, la adolescente de 17 años caminaba a las 08:00 hs. por la Avenida General San Martín de la ciudad de La Punta, junto a su hijo de pocos meses de edad. En ese momento, observó un automóvil Fiat Palio blanco, con la luneta trasera rota, que circulaba lentamente detrás de ella.

El conductor descendió del vehículo para orinar en un espacio verde de la Avenida Juan Pascual Pringles a la altura del Barrio 600 Viviendas y luego regresó al auto. Cuando la joven pasó por el costado del vehículo, el imputado comenzó a hablarle de forma insistente, instándola a subir al auto. La adolescente logró observar que el sujeto dentro del auto realizaba actos de connotación sexual. Ella siguió caminando y García a bordo del rodado empezó a perseguirla a baja velocidad por varias cuadras. Al llegar a una esquina, la víctima extrajo su teléfono celular, momento en el cual el imputado se dio a la fuga.

La audiencia de formulación de cargos se llevó a cabo ante la titular del Juzgado de Garantía Nº 2, Agustina Dopazo Samper, con la participación de la Fiscalía de Género Nº 1, representada por la Fiscal Delia Bringas; la Defensoría de Niñez y Adolescencia Nº 1, representada por la Defensora Adjunta Belén Suárez; y la defensa del imputado, ejercida por la Defensoría Oficial en lo Penal Nº 1, con la intervención del Defensor Adjunto Diego González Zunino.

La Fiscalía le atribuyó a García el delito de “exhibiciones obscenas agravadas por tratarse de una persona menor de edad” y detalló que la imputación se sustenta en la denuncia, testimonios, registros fílmicos, actuaciones policiales e informes técnicos, entre ellos una pericia en Cámara Gesell que concluyó que el relato de la joven es coherente y compatible con una memoria episódica.

Además, la Fiscalía hizo referencia a la existencia de antecedentes con características similares, provenientes de la Fiscalía de Género, aunque en perjuicio de personas mayores de edad.

Por su parte, la Defensoría de Niñez y Adolescencia adhirió a la acusación y remarcó la situación de vulnerabilidad de la víctima, solicitando que las restricciones de contacto se extiendan también a medios digitales y redes sociales.

La defensa técnica del imputado no se opuso a la formulación de cargos ni a las medidas de coerción solicitadas, aunque consideró excesivo el plazo de cuatro meses requerido por la fiscalía para su vigencia.

Finalmente, la magistrada tuvo por formulados los cargos contra García en los términos expuestos por la Fiscalía. Al momento de resolver, valoró especialmente el relato de los hechos y señaló que la conducta atribuida incluye actos de índole sexual realizados en la vía pública mientras el imputado se dirigía a la joven.

Asimismo hizo lugar a las medidas de coerción solicitadas: la obligación de firmar mensualmente ante la fiscalía, la prohibición de salir de la provincia sin autorización judicial y la restricción absoluta de acercamiento y contacto (tanto físico como virtual) respecto de la víctima y su entorno familiar en un radio de 300 metros. La Fiscalía hizo especial hincapié en esta medida al señalar que el imputado trabaja como conductor de una aplicación de transporte, actividad que lo mantiene en constante circulación por la vía pública.

Dopazo Samper advirtió al imputado que el incumplimiento de estas medidas podría derivar en una nueva causa por desobediencia judicial y en la imposición de medidas más gravosas, como la prisión preventiva.

Fuente: Prensa Poder Judicial