Como informó La Gaceta Digital, la Cámara de Diputados aprobó este miércoles modificaciones al artículo 15 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia que flexibilizan las incompatibilidades para habilitar a los agentes judiciales que no revistan categoría de funcionarios a ejercer el comercio, la industria o desempeñar actividades privadas remuneradas. La iniciativa volverá al Senado para su sanción definitiva. El Sindicato de Judiciales Puntanos (Sijupu) considera que este desbloqueo no soluciona el problema de fondo: los bajos salarios de los trabajadores del Poder Judicial de la provincia.
“Consideramos que esta flexibilidad, excepción que se va a conceder a un sector reducido de nuestros compañeros y compañeras, no soluciona el problema de fondo en cuanto al salario de miseria que cobramos. Sin embargo, la realidad en la que vivimos nos pasa por encima. Ideológicamente, no estamos de acuerdo con este desbloqueo. Siempre hemos defendido y peleado por la exclusividad funcional como una garantía de transparencia, jerarquización y dedicación absoluta al servicio de Justicia que merece la sociedad”, dijo la secretaria general del Sijupu, Fernanda García Segovia.
Una vez que se sancione el nuevo artículo 15, los agentes judiciales que no sean funcionarios podrán ejercer actividades comerciales, industriales o privadas remuneradas fuera de los días y horarios de trabajo en el Poder Judicial.
“Llevamos casi tres años sumergidos en una profunda crisis económica que pulverizó el poder adquisitivo de los sueldos, teniendo hoy salarios de miseria y ocupando el último lugar a nivel nacional en la escala salarial de todos los poderes judiciales provinciales. El sueldo de un agente judicial no alcanza para cubrir las necesidades básicas. No les alcanza para llegar a mitad de mes, imaginate para llegar a fin de mes. No les queda otra alternativa que verse obligados a buscar otras salidas laborales fuera del Poder Judicial”, describió la secretaria gremial.
García Segovia expresó que esta flexibilización o desbloqueo viene a “blanquear” que hay trabajadores que tienen otra actividad económica. “Si bien hay muchos compañeros que ya vienen realizando tareas laborales fuera de Tribunales, la idea es que no corran el riesgo de que recaiga alguna denuncia por incumplimiento de la Ley Orgánica”, explicó.
Como se mencionó al principio del artículo, la iniciativa de flexibilización de las incompatibilidades contaba con media sanción del Senado, pero el proyecto volverá a la Cámara alta porque Diputados modificó el texto aprobado previamente.
El Senado había agregado el artículo 15 bis, mientras que la Cámara de Diputados reemplazó el artículo 15 completo, incorporando las nuevas excepciones al régimen de incompatibilidades.
El artículo en cuestión establece que magistrados, defensores, fiscales y secretarios no podrán desempeñar otro empleo o cargo. Por otra parte, habilita a los agentes judiciales que no revistan categoría de funcionarios a ejercer el comercio, la industria o desempeñar actividades privadas remuneradas. Además, permite que el personal del Cuerpo Profesional Forense vinculado a las ciencias de la salud pueda realizar práctica asistencial y ejercicio profesional privado.
En todos los casos, las tareas deberán desarrollarse fuera de los días y horarios de oficina, priorizando siempre la prestación del servicio judicial y respetando las incompatibilidades previstas para evitar conflictos de interés.
“Acá la solución de todo esto no es esta, sino que podamos tener salarios dignos para cubrir mínimamente los gastos de la canasta básica y las necesidades esenciales”, cerró la sindicalista.




