Las defensas de Tatiana Yacarini y Diego Olivieri solicitaron la prescripción de la acción penal respecto a dos de los delitos que se les imputan: lesiones leves e incumplimiento de una orden judicial. Marcos Juárez, abogado de la imputada, fue quien realizó el planteo en una audiencia de control de la prueba realizada este martes ante la jueza de Garantía N° 4 de la ciudad de San Luis, Natalia Lazarte. La fiscal especializada N° 2, Antonella Córdoba, pidió que se rechace la pretensión judicial de la parte demandada.
Olivieri está acusado de distribución indebida de correspondencia, amenazas y lesiones leves calificada por el vínculo y por mediar violencia de género en concurso real. Yacarini, por su parte, enfrenta cargos por distribución indebida de correspondencia, amenazas, lesiones leves e incumplimiento de una orden judicial en concurso real.
Los delitos son en perjuicio de Gabriela Fernández Aberastain, ex pareja de Olivieri. De acuerdo con la acusación fiscal realizada por Ricardo Barbeito, de la Fiscalía de Instrucción N° 2, Diego Oliveri hostigó y persiguió a la víctima durante marzo y abril de 2020. Fernández Aberastain habló con La Gaceta Digital sobre estos hechos en 2020 y en 2021, cuando se realizó la primera indagatoria. 4 años después, la causa no ha concluido.
Juárez fundamentó que los plazos legales máximos para la persecución penal para ambos delitos ya habrían vencido, al no haberse verificado actos interruptivos en tiempo oportuno. Según la defensa, entre el primer llamado a indagatoria (10 de agosto de 2021) y el requerimiento de elevación a juicio (7 de agosto de 2023) transcurrió más de un año sin que existieran actos que interrumpieran la prescripción, por lo que consideraron que la acción penal debía darse por extinguida.
La defensa de Olivieri, representada por el Defensor de Juicio N° 2, José Luis Guiñazú, adhirió a lo expresado por Juárez y dijo que la prescripción penal es una figura “clave del sistema judicial porque garantiza seguridad jurídica”, es decir, que las personas sepan hasta cuándo pueden ser perseguidas por un delito.
Sin embargo, la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó el rechazo del planteo. Sostuvo que hubo varios actos interruptivos válidos, como el llamado a indagatoria, la formulación de la acusación y la citación a juicio (11 de agosto de 2023). La fiscal explicó que, si bien los delitos tienen penas bajas, el artículo 62 del Código Penal establece que la prescripción no puede ser inferior a dos años. Por tanto, la acción penal se extinguiría recién en agosto de 2025. Santiago Olivera Aguirre, abogado de la parte damnificada, adhirió a la posición de la Fiscalía.
Después de escuchar a las partes, la jueza Lazarte solicitó un nuevo informe de RNR (certificado de antecedentes) pasó a cuarto intermedio para resolver los planteos realizados.
La audiencia de este martes se realizó en el marco de un planteo realizado por el fiscal de Juicio N° 2, Fernando Rodríguez, quien explicó que todas las partes del proceso (Fiscalía, querella y defensas) ya presentaron sus pruebas entre noviembre de 2023 y mayo de 2024. Como se trata de una causa residual que fue trasladada al nuevo sistema de juicio oral, y aún no se ha dictado la resolución que admite esas pruebas, el expediente se envía al juez para que se avance con ese paso.
La causa
Según la investigación judicial, Oliveri la agredió y amenazó a través de mensajes de texto y redes sociales, se presentó reiteradamente en su domicilio y la intimidó con amenazas de muerte y con la difusión de videos íntimos. Finalmente, cumplió sus amenazas y publicó dicho material de contenido sexual, el cual se viralizó rápidamente, “generando un gran desequilibrio emocional no solo por su conducta agresora y por publicar las fotografías y videos íntimos, sino también por todas las conductas de malos tratos y comportamientos agresivos”, dice un fragmento de la acusación.
Además, el fiscal determinó que Oliveri compartió ese contenido con su actual pareja, Tatiana Yaccarini, quien también fue imputada. Yaccarini presuntamente difundió los videos desde cuentas falsas y además amenazó de muerte a Fernández y a sus hijos menores. Estas acciones ocurrieron a pesar de que existía una orden judicial de restricción que le prohibía cualquier contacto con la víctima.
Fuente: Prensa Poder Judicial