El secretario de Ética Pública y control de Gestión, Ricardo André Bazla, fue imputado hoy en Villa Mercedes por los delitos de defraudación, falsedad ideológica, utilización de instrumento público agravado por la calidad del presunto autor, estafa procesal, incumplimiento de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad, peculado y hurto.


La imputación, solicitada por el fiscal Leandro Estrada, se da en el marco de la causa por la desaparición de la cosecha de El Caburé. Hoy, en la 2da Circunscripción Judicial, el juez Alfredo Cuello dio por formulados los cargos.

La Fiscalía explicó que la causa inició con una denuncia en diciembre de 2025 y que se está investigando la comisión de delitos en un campo de 1997 hectáreas ubicado en la Ruta Provincial N° 27, en el Kilómetro 144, conocido como “El Caburé”.

El fiscal Estrada mencionó que se realizaron actos de disposición de la cosecha sin el cumplimiento de procedimientos administrativos en perjuicio de los intereses del Estado. Se violaron los procedimientos establecidos en relación a las formas y condiciones de contratación previstos en la Ley de Contabilidad.

A los fines de contextualizar los hechos, el fiscal explicó que en el año 2018 se rescindió un contrato a la firma El Caburé que utilizaban para actividades agrícolas y en el año 2022, la empresa celebró un contrato de aparcería.

Una vez que el gobierno provincial recuperó el campo –año 2024-, el imputado junto a otra persona se constituyó en garante y sin los procedimientos administrativos correspondientes se llevaron a cabo contrataciones para la cosecha de maíz, es decir que a fines de 2024 el lugar no contaba con la misma condición patrimonial por lo que constituyó una defraudación al estado provincial.

El abogado querellante Pascual Celdrán solicitó la ampliación de la formulación de cargos y que sea imputado por falsedad ideológica por la utilización y falsificación de instrumentos de uso público, estafa procesal, abuso de autoridad, hurto calificado, peculado. Consideró que existió una prosecución de actos delictivos de Bazla y de otras personas y que la propiedad del maíz le corresponde a las firmas que tenían el contrato anteriormente.

Alejandro Viano, el otro abogado de la querella, coincidió con Celdrán en cuanto a los delitos imputables y dijo que no existen actos administrativos para tomar la posesión del campo. También hizo una reseña acerca de las contrataciones relacionadas a la posesión del lugar.

Por su parte el representante de la Fiscalía de Estado adhirió a lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal.

Luego, cuando fue el turno de la defensa, tomó la palabra de Gustavo Reviglio y explicó que Darío Oviedo prestaría declaración, atento los hechos expuestos durante el transcurso de la audiencia.

Oviedo se refirió a la resolución con la que fue designado normalizador del Pueblo Ranquel y en relación a las acciones llevadas a cabo en el establecimiento El Caburé aseguró que cumplió indicaciones de sus superiores jerárquicos. Mencionó las evidencias incorporadas a través de comunicaciones telefónicas.

A continuación, Bautista Rivadera tomó la palabra en representación de Bazla y aseguró que se irían de la audiencia con más dudas que certezas. No formuló objeción a la calificación legal pretendida por el Ministerio Público Fiscal, en los términos del Art . 174 inc. 5 del Código Penal Argentino y rechazó las pretensiones formuladas por las Querellas.

Formulación de cargos: luego de escuchar a las partes, el juez explicó que admitiría todos los cargos pretendidos – por el Ministerio Público Fiscal y Fiscalía de Estado y por las Querellas – y en ese sentido tuvo por formulados cargos provisorios en contra de Ricardo André Bazla por los delitos de : defraudación (Art 174 Inc 5º del Código Penal Argentino ); falsedad ideológica, utilización de un instrumento público agravado por la calidad del presunto autor, estafa procesal, incumplimiento de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad, peculado y hurto.

Medidas cautelares

En relación a las medidas cautelares, el MPF pidió la firma del libro de presencia del 1 al 5 de cada mes por el término de cuatro meses, la prohibición de acercamiento a personas que tienen participación en el proceso y la prohibición de salida del país. Fiscalía de Estado se adhirió a lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal.

Por otro lado, Pascual Celdrán solicitó la prisión preventiva por el término de 60 días, en el mismo sentido lo pidió Viano. Ambos consideraron que era la única medida eficiente a los fines de evitar el entorpecimiento del proceso. En ese sentido, destacaron conductas desplegadas por el imputado durante la investigación. En forma supletoria, Viano pidió una prohibición de ingreso a los edificios del Poder Ejecutivo Provincial y del Poder Judicial y la prohibición de acercamiento del imputado hacia funcionarios del ejecutivo.

Luego de escuchar a las partes, el Juez dispuso las medidas solicitadas por el Ministerio Público Fiscal y además, ordenó a Bazla la prohibición de contacto con funcionarios públicos y el ingreso a Casa de Gobierno, salvo expresa autorización judicial.

Cuestiones preliminares

Previo a la formulación de cargos, la defensa de Ricardo André Bazla planteó la nulidad de todo lo actuado en marco de la investigación por verse comprometido el derecho de defensa. Argumentó que se omitió la notificación prevista en el Art. 38 del Código Procesal Penal de la Provincia de San Luis.

Frente a este planteo, el Ministerio Público Fiscal explicó que la aplicación del Art. 38 corresponde únicamente a las personas detenidas y que Bazla realizó una presentación espontánea en octubre del 2024, lo que lo eximió de esa notificación, es decir, que tenía pleno conocimiento de la causa y que tuvo participación voluntaria desde el inicio de la investigación y que intervino activamente en el proceso. Rechazó el planteo de nulidad de la Defensa.

En el mismo sentido se expidieron Celdrán y Viano, mientras que Flavio Ávila consideró que no existió un perjuicio concreto y pidió que la nulidad pretendida por la Defensa fuera rechazada.

El juez rechazó el planteo de nulidad y no advirtió que se hubiera violado el derecho de defensa, asimismo destacó que el imputado participó activamente del proceso. La Defensa planteó recurso de apelación.

En el mismo sentido, Rivadera solicitó la suspensión de la audiencia inter se resuelva el planteo, las partes se opusieron y el Juez no hizo lugar.

Fuente: Prensa Poder Judicial