La Dirección Provincial de Ingresos Dirección (DPIP) informó que en la página web del organismo podrán declararse las altas, bajas y transferencias de automotores, acoplados y motocicletas a los efectos de las obligaciones impositivas. El trámite online se gestiona en el sitio dpip.sanluis.gov.ar y para concretarlo se necesita contar con clave fiscal, aunque también puede realizarse de forma personal en las oficinas del organismo.
La DPIP recalcó que el Código Tributario Provincial establece los deberes formales de los contribuyentes, responsables y terceros y que en el inciso 3 del artículo 35° se define la obligación de “Comunicar a la Dirección Provincial dentro del término de 30 días de ocurrido todo cambio de situación que pueda originar nuevos hechos imponibles, modificar o extinguir los existentes”. Asimismo, el artículo 270 dispone la obligación, particularmente con referencia a los automotores, de realizar la denuncia impositiva de venta.
Al respecto se emitió la Resolución N°13-DPIP-2025, que define las condiciones, requisitos y formalidades a cumplir para la modificación de la titularidad de los vehículos. Asimismo, señalaron que “el objetivo de la medida es otorgar claridad normativa a quienes deben realizar el trámite”.
“Es muy importante para el contribuyente que el vehículo esté vinculado con quien realmente debe ser el responsable frente al Impuesto a los Automotores, Acoplados y Motocicletas, ya que si no se efectúa el trámite genera obligaciones y consiguiente deuda para quien no es el titular”, recalcó el organismo.
Acerca de la gestión
Al trámite debe realizarlo quien compra, vende, transfiere o da de baja un vehículo. En el caso en el caso que más de una persona física o jurídica intervenga en la modificación de la titularidad, basta con la declaración de una de las partes involucradas.
El trámite podrá realizarse en portal o acudiendo a las oficinas de la DPIP en toda la Provincia y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para la instancia web se debe ingresar al portal y seleccionar el trámite DECLARACIÓN JURADA AUTOMOTOR – ALTAS – BAJAS – TRANSFERENCIAS – Ley V-0490-2004 (arts. 35° y 270° y c.c.).
Fuente: Prensa UNSL


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La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable reforzó los controles para impedir la circulación de leña sin la documentación correspondiente. El objetivo es desalentar el tráfico sin guías oficiales y ordenar el uso de los recursos forestales, especialmente ante la creciente demanda por parte de familias que utilizan la leña como fuente de energía.