La Cámara de Diputados sancionó por unanimidad la nueva Ley de Administración de Justicia que establece el funcionamiento general del Poder Judicial de la provincia. Cabe mencionar que varios aspectos de la ley fueron cuestionados por el Sindicato de Judiciales Puntanos (Sijupu) porque no se incorporaron ninguno de los puntos que presentaron para el proyecto.
El oficialista Daniel González Espíndola fue el miembro informante para exponer sobre la nueva ley que contiene más de 120 artículos y establece una gran cantidad de reformas en el Poder Judicial provincial.
Entre las reformas, el diputado explicó que se agrega la figura del defensor general “que será relevante en el sistema de Justicia” porque tendrá jurisdicción en toda la provincia como lo tiene el Superior Tribunal y el procurador general. Cabe mencionar que hoy también se trata en Diputados una ley sobre el Ministerio Público y establece, entre otras cosas, la función de los defensores.
Siguiendo con las reformas de la Ley de Administración de Justicia se unifican las cámaras de apelaciones de San Luis y Villa Mercedes con el objetivo de tener fueros especializados. Habrá dos salas laborales y una sala en lo civil y comercial. Las cámaras de apelaciones estarán integradas por dos camaristas. En caso de que tengan votos opuestos en alguna causa, el desempate será con la intervención de un juez de la tercera circunscripción.
Se crean un nuevos juzgados civiles – comerciales, uno para la primera circunscripción (San Luis) y otro para la segunda (Villa Mercedes) mediante la reformulación de la competencia de los Juzgados de Paz Letrados. San Luis pasará a tener cinco juzgados civiles y cuatro Villa Mercedes.
Los juzgados civiles se llamarán Juzgado Civil, Comercial y Ambiental y se deja de lado la denominación “Minas”.
Respecto al fuero de familia, se unifican las competencias a relativas a familia, niñez, adolescencia y violencia. La unificación tiene como objetivo tener unidad de conocimiento en las situaciones en las familias.
Uno de los puntos de la nueva ley cuestionados por el Sijupu es el artículo 123 que establece que “el título de Abogado para acceder a la categoría de prosecretario, como categoría máxima del escalafón administrativo, será exigible en los concursos de ascenso que se realicen a partir de los cinco años de vigencia de esta Ley”.
Según declaró a La Gaceta, el secretario general del Sijupu, José Durán, lo mencionado en el artículo no se aplica en ninguna parte del país y le impide a un empleado que nos es abogado alcanzar el cargo de prosecretario.
Legisladores como Luis Lucero Guillet y Fabiana Zárate cuestionaron el artículo 123, mientras otros como González Espíndola y Juan Pablo Funes Bianchi lo defendieron argumentando que se aspira a una profesionalización.
La ley en general se aprobó por unanimidad, mientras que el artículo 123 en particular fue aprobado por 21 votos positivos contra 14 negativos.