En una audiencia realizada ante el Juzgado de Garantía Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del juez Juan Manuel Montiveros Chada, se formalizó la imputación por presunta estafa contra tres personas vinculadas al desarrollo inmobiliario “Milano 3” realizada por la Fiscalía de Instrucción en lo Penal Nº 2, a cargo de la Fiscal Adjunta Ornella Costa.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra María Elena Casiraghi y José Luis Casiva, y amplió la imputación respecto de Noelia Casiraghi, a quien ya se le habían imputado cargos en una audiencia anterior.
Costa sostuvo que entre agosto y septiembre de 2020 los imputados ofrecieron la venta de departamentos en pozo en el proyecto “Milano 3”, ubicado en calle Belgrano 331 de la ciudad de San Luis, describió hechos concretos con los tres damnificados que abonaron sumas millonarias por unidades que nunca recibieron. Según la acusación, existió un engaño sostenido mediante contratos, publicidad y respuestas falsas, pese a que los imputados sabían que la obra no se concretaría.. La calificación legal provisoria atribuida es la de estafa.
Uno de los damnificados, que estuvo presente en la sala con su abogado patrocinante Néstor Spagnuolo, sostuvo que el emprendimiento fue comercializado sin habilitación municipal, sin planos aprobados ni visado profesional, y que las pericias incorporadas a la causa evidencian un avance mínimo de obra y un estado general de abandono. Indicó que el monto abonado por los departamentos, actualizado a valores recientes, supera los 122 millones de pesos, y afirmó que la operatoria desplegada por los imputados consistió en generar confianza, captar fondos y sostener una apariencia de legitimidad que no se correspondía con la realidad del proyecto.
Además, señaló que la comercialización del emprendimiento se extendió durante varios años, que existen otros damnificados y que el proyecto continuaba siendo ofrecido a terceros. En ese contexto, solicitó la inhibición general de bienes de los imputados.
Por su parte, el abogado Maximiliano Del Signore, en representación de otros dos damnificados, afirmó que los acusados prometieron la construcción de un edificio de siete pisos con 40 departamentos que nunca se concretó, y que, pese a ello, continuaron publicitando y vendiendo unidades incluso en fechas recientes.
Sostuvo que los imputados tenían conocimiento de que no podrían finalizar la obra y que, aun así, siguieron captando dinero. En su exposición advirtió sobre la existencia de un riesgo de fuga vinculado al volumen económico involucrado, el perjuicio actual a las víctimas y la posibilidad de entorpecimiento de la investigación. En consecuencia, solicitó la prisión preventiva por el plazo de 120 días para todos los imputados.
La defensa de María Elena y Noelia Casiraghi, a cargo del abogado Santiago Calderón Salomón, planteó que el caso debe ser encuadrado como un conflicto de naturaleza civil y no penal. Sostuvo que no se acreditó el engaño necesario para configurar el delito de estafa y que los hechos relatados se corresponden con un incumplimiento contractual. Indicó que existieron contratos formales, pagos registrados, intervención de una inmobiliaria y comunicaciones entre las partes, lo que —a su criterio— descarta la figura de estafa.
También señaló que las demoras en la ejecución del proyecto se debieron a cuestiones administrativas, en particular a la falta de habilitación municipal durante un período prolongado, y destacó que existe un avance de obra que rondaría el 10%. Además, mencionó que los imputados desarrollaron otros emprendimientos inmobiliarios en la ciudad y que se realizaron ofrecimientos a los damnificados con el fin de dar respuesta a la situación. En ese marco, solicitó el rechazo de la imputación por “atipicidad” y se opuso a todas las medidas de coerción.
Según el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, la “excepción de atipicidad” es un planteo de la defensa para sostener que el hecho no es un delito, porque no encaja en ninguna figura penal.
En la misma línea, la abogada María Florencia Schroeder, defensora de José Luis Casiva, adhirió a los argumentos de Calderón Salomón y agregó que su defendido se encuentra detenido desde fines de diciembre de 2021 en el Servicio Penitenciario Provincial, cumpliendo condena por otra causa, lo que —según sostuvo— habría incidido en el desarrollo del proyecto.
Al momento de resolver, el juez Montiveros Chada rechazó la “excepción de atipicidad” planteada por la defensa, aunque aclaró que se trata de una decisión provisoria y que la discusión sobre si los hechos encuadran en un delito penal o en un incumplimiento civil deberá profundizarse en una etapa posterior del proceso. En ese sentido, remarcó que ya existe una imputación previa en la causa desde el año 2024 y que, para evitar decisiones contradictorias, corresponde mantener la continuidad del trámite.
Asimismo, el magistrado tuvo por formulados los cargos contra los tres imputados en relación a los hechos expuestos por la fiscalía y advirtió sobre el tiempo transcurrido en la investigación, que lleva cerca de dos años sin una resolución definitiva, instando a que se avance en la definición del caso.
En cuanto a las medidas de coerción, el juez rechazó los pedidos de prisión preventiva, de prohibición de salida y de inhibición general de bienes. Consideró que no se acreditaron los riesgos procesales necesarios para adoptar medidas de mayor gravedad, destacando que los imputados comparecieron voluntariamente a la audiencia y que incluso se mencionaron intentos de reparación hacia los damnificados. Finalmente, dispuso como única medida la obligación de que María Elena y Noelia Casiraghi se presenten a firmar el libro de imputados una vez por mes durante el plazo de 60 días.
Fuente: Prensa Poder Judicial


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